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Piso embargado; ¿Cómo adquirirlo?

1 Comentarios
 
07/03/2017 16:37
lex2013
Buenas tardes, imagino que el embargo consta en el registro de la propiedad como carga, pero sigue siendo el mismo propietario que había antes de dicho embargo. Es decir, usted puede adquirir el piso por negocio jurídico con el propietario (compraventa), y en su contrato establecer si el inmueble se transmite con cargas o libre de cargas, o establecer quien debe afrontar el pago del embargo.

Si fiinalmente acuerdan que sea usted quien abone la deuda, pongase en contacto con la administración correspondiente para establecer el modo de pago. Si por el contrario acuerdan que se transmita el inmueble libre de cargas, el actual propietario deberá abonar la deuda antes de transmitirle a usted la propiedad del piso.

Quedo a su disposición para los trámites que necesite.

RUBÉN LÓPEZ.
Piso embargado; ¿cómo adquirirlo?
06/03/2017 10:45
Hola, un piso que está embargado por el Estado, pero aún figura como propiedad del antiguo propietario, qué debo hacer para adquirlo??