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Piso alquilado: se marcha un inquilino

2 Comentarios
 
Piso alquilado: se marcha un inquilino
14/02/2022 17:28
Buenas tardes, a ver si podéis ayudarme y decirme qué opciones tengo.
Alquilé hace cuatro meses un piso a una pareja firmando los dos como inquilinos en el contrato, quedando obligados con carácter solidario al pago de la renta.
La duración inicial obligatoria del contrato es un año, con posibilidad de desistimiento una vez pasados seis meses, pero dando lugar a una indemnización a favor del propietario en tal caso.
El asunto es que ahora uno de los dos quiere dejar el piso y yo quiero saber cuáles son mis opciones. Por un lado, ¿puede ser motivo para rescindir el contrato a los dos? Porque yo se lo alquilé a los dos porque trabajaban y me ofrecían más garantías que ahora si se lo queda solo uno.
Si no puedo rescindir el contrato a los dos, supongo que tendré que hacer un anexo aclarando la nueva situación, no?
Y en ese caso, que pasa con la fianza?
Además, al cambiar la situación, ¿podría pedirle nóminas actuales y contrato de trabajo vigente para contratar un seguro de impago de alquiler dado que al pasar de dos titulares a uno solo tengo menos garantía de cobro?
Son varias preguntas pero agradezco por adelantado vuestras respuestas ya que me urge mucho este asunto. Muchas gracias.
14/02/2022 23:10
Uno de ellos puede hacer uso de su derecho al desistimiento anticipado del contrato, pues tal derecho no desaparece porque sean dos los firmantes. Pero deberá esperar a haber cumplido seis meses de contrato. Si no cumple los seis meses, tiene usted derecho a reclamarle el pago de los meses que falten.

¿Hay cláusula de penalización? mírelo. En su caso, descuéntela de la parte de fianza que deberá devolverle.

No puede resolver el contrato: el otro, que se queda, deberá pagar toda la renta.

No es necesario que firme usted un anexo: basta con la comunicación escrita que debe hacerle el que se marcha.

No hay ninguna ley que ampare que usted le pida ahora nóminas y contrato al que se queda: si se las da será porque quiera, no porque esté obligado.

No tiene por qué pasarle a usted, no se asuste, pero ya he detectado algún que otro caso de personas solventes que "meten" en un piso a su supuesta pareja y a los seis meses hacen uso de su derecho al desistimiento y vuelan, dejándole al casero un problema: no sé si el legislador no tuvo en cuenta esta picaresca, o sí lo pensó pero le daba igual. Incluso hay gente que cobra por "colocar" a una declarada pareja de hecho en un piso alquilado.
15/02/2022 22:59
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon y me permito añadir que no debe tener miedo por una posible insolvencia de la persona que se queda, ya que, como bien le ha dicho Hoplon, la persona que se va sigue obligada a pagar en su caso el total de la renta aunque se marche.
Si no paga demándele para recuperar su dinero tal y como hubiera hecho si no se hubiera ido pero no le pagase.