Hola amigos alquile el piso con un contrato de un año, prorrogable anualmente hasta 3 años. En fin a los cuatro meses el inquilino dice que se va, cuanto tiene que darme por eso, al no cumplir lo pactado.
El contrato en su apartado de duracion dice textualmente:
El plazo de duracion del presente contrato se establece por un perido de un año. comenzando a regir el proximo dias l junio de 2014. Llegado el vencimiento del contrato, este se prorrogara obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duracion minima de 3 años. salvo que las arrendatarias manifiesten con 30 dias de antelacion, como minimo a la fecha de terminacion del contrato o prorroga su voluntad de no renovarlo.
El periodo minimo de arrendamiento se establece en 6 meses. En caso de desistimiento del contrato por parte de las arrendatarias antes de que se hubiera cumplido un año, dara lugar a una indemnizacion equivalente a la parte proporcional de la renta de un mes con relacion a los meses que falten por cumplir de un año.
josvirojillo: sus inquilinos están obligados a permanecer al menos los 6 primeros meses en la vivienda, de modo que Ud. tiene derecho a exigir ese período de permanencia, y en consecuencia a cobrar los dos meses de renta que quedan hasta los 6.
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