Sin saber del asunto, si es una piscina municipal, el socorrista que será empleado público y responsable de la seguridad del recinto, entiendo que será autoridad suficiente para imponer determinadas limitaciones si considera que pueden verse afectadas la seguridad de los bañistas. Dicho esto, no veo el sentido a prohibir a un padre meterse en una piscina con su hija de tres años.
Piscina municipal. normas adicionales a las que figuran en las "normas oficiales".
Me gustaría hacer una consulta al foro: ¿las piscinas municipales pueden tener normas adicionales a las que aparecen reflejadas por escrito en el manifiesto de normas que, por ley, y de modo oficial, tiene que tener expuesto cualquier piscina pública? Es que hoy me han prohibido entrar con mi niña de tres años en cierta piscina para niños de hasta 12 años ya que según los socorristas tenía que vigilarla desde el bordillo (y si pasaba algo malo, para eso estaban ellos). Dado que mi intención es que se le vaya quitando el miedo al agua e ir enseñándola a nadar, esa prohibición convierte en imposible mi idea (por no hablar de que no me fio ni un pelo de socorristas de 20 años que se pasan la mañana mirando el móvil). Según los socorristas hay una "norma" que impide entrar a los adultos en esa piscina pero tal prohibición no figura en la normativa "oficial" expuesta en la piscina. Como he montando un pequeño pollo, luego han puesto un cartel, hecho ex-profeso, poniendo por escrito la prohibición de que os hablo. No obstante no tengo claro que semejante cartel tenga valor legal si la normal publicada de la piscina, entiendo que expedida por el ayuntamiento, no dice nada al respecto. Podría alguien comentarme algo sobre este tema??. Ya sé que no es un asunto de gran gravedad pero es que no me gusta que terceros pisoteen mis derechos creando "normas" sin tener potestad legal para ello.