Nada ya no puede hacer nada. Para hacer mas piscinas, posiblemente la estructura no lo soporte, aparte de unanimidad necesita un informe de un Arquitecto, que debe recalcular todo el edificio. Le sale mas barato bañarse en la playa.
Lo comenté el 22/05 en el mensaje q me extrañaba q en 50 años nadie se hubiese dado cuenta...igual exagero con lo de 50, pero igual 40 si que tiene el piso...entonces ya ha prescrito? Yo no puedo hacerme otra? Y lo de las cuotas tampoco se puede reclamar?
¿50 años? pues ni se moleste, ya está prescrito por la desidia de sus ocupantes. Lo malo es que reviente la piscina y se ahoguen todos. En ese caso alguien denunciará por daños y perjuicios, y no creo que obtengan resultados positivos, ya que Uds. mismos lo han consentido tácitamente. Si hubiera explicado en profundidad desde el principio el asunto, nos hubiera evitado tanto quebradero de cabeza para llegar a la conclusión final. Si Si ahórrese los 35€ que ya está el tema zanjado.
La verdad es un documento muy importante, y es necesario para resolver ciertas dudas en las juntas vecinales. Se verifica en el momento y como siempre hay nuevos vecinos, los problemas se debaten hasta la saciedad una y otra vez. El documento los elimina de cuajo en muchas ocasiones, lo indicado en él es ley indiscutible. Todos los hemos firmado al escriturar nuestra propiedad. Varían mucho los precios de una provincia a otra, y de la extensión del documento. Lo cierto es, que en el Registro no le van a informar de nada si no paga. El gasto es comunitario, entre todos merece la pena solicitarlo.
En su caso ahí estará reflejado si el edificio tiene piscina, y quien es el propietario. Si no aparece nada. No hay piscina, por tanto ¿Qué hace ahí?
Hace un mesetuve que sacar del Registro de la Propiedad una "certificación literal" del título constitutivo y me costó exactamente 14,18 euros. ¿Cada Registro tiene precios distintos?????
Háblelo con el resto de los vecinos y páguenlo entre todos, o entre los que estén de acuerdo en solicitarlo.
No No. Lo primero solicitar en el registro certificación del titulo. Documento público unos 35€. Leerlo con detenimiento. Los datos registrados de su inmueble, están en un libro, fotocopiarán todo lo que este reflejado en él. Allí encontrará el dato que busca. El registrador le entregará la certificación previo pago de la tasa.
Debe acudir a la oficina de Registro de la Propiedad que pertenezca a su inmueble.
Gracias por contestar..entonces que debería hacer? Ir al catastro y pedir los planos del edificio? Y ya ver allí si esta la piscina en planos...
1- si esta en planos y por tanto es legal en el administrador pedirle que modifique las cuotas y le cobren acorde y con atrasos desde que la usan
2- si es ilegal denunciar al ayuntamiento
Y todo esto podría hacerlo yo sola o debo tener la mayoría y el consentimiento de los vecinos? Porque ellos mismos querían denunciar a un vecino porque según ellos habían pedido permiso para arreglar solo el baño y estaban arreglando el piso entero,y propuso en reunión denunciarle,yo dije q no,que no me molestaba lo que hiciera dentro de su casa y q denunciara ella si le molestaba y ya había estado en el ayuntamiento preguntándolo y le dijeron q teníamos q denunciar todos...
Sin una información básica y fiable, poco se puede hacer o decir al respecto. Lo primero sería que busque la información concreta del tema que le ocupa y ésta la puede obtener con una copia de las escrituras de obra nueva y división horizontal que puede conseguir en el registro de la propiedad.
Si es legal o no, con la información que nos da, es imposible decirlo con certeza, pero que no es lógico que pague la misma cuota, es algo evidente.
Lo que puedan o no hacer, lo tendrían que aprobar por unanimidad, si estamos hablando de elementos comunes o por el contrario si es una propiedad particular, debe comunicar y solicita los permisos correspondientes para que no haya terceros afectados por sus cambios.
Me imagino que en el título indicará algo sobre la piscina, si la hay o no, y de quien es. Si tiene propietario tendrá mas cuota que el vecino supongo.
Deberá solicitar una certificación de división horizontal en el Registro de la Propiedad, después de leer su contenido puede sacar muchas conclusiones.
Es muy recomendable disponer de la comentada certificación, en los documentos de la comunidad, pues bien como en las primeras escrituras suele estar esto reflejado, a medida que van cambiando los propietarios, las escrituras están bastante trilladas.
Porque antes de mirar de hacerme yo una piscina tendría q saber q no es propiedad del vecino...aunq no pague mas de comunidad por ella, ni los gastos de reparaciones ni conservación...porque a él solo le corresponde disfrutarla y a los demás pagar por ella...igual es así...Y yo lo desconozco
Las humedades son estructurales. Las tejas deben pertenecer a la cubierta del edificio ¿no? También son comunes. La limpieza y conservación de la terraza imagino que debe pagarla el propietario o usufructuario de la misma.
Para averiguar si usted se puede construir una piscina en la terraza sin consentimiento de la comunidad debe leer con atención los estatutos de la misma.
No se...tejas rotas,humedades,limpieza y conservación...hemos pagado de todo...donde m puedo enterar de quien es propiedad?por si yo también puedo hacerme una piscina arriba...y si es propiedad del piso no debería pagar mas gastos de comunidad?
Ok, puede ser de su propiedad, perfecto, pero entonces porque cuando hay reparaciones de tejado tengo q pagar yo y todos los vecinos el coste? Debería pagarlo el solo,no? Y también mas comunidad al disfrutar de una zona mas q todos los demás vecinos...desde mi desconocimiento...
En efecto, la contestación de pasacero es incorrecta.
Si que es posible desafectar elementos comunes en el sentido que indicas y construir una piscina en una azotea, siendo privativo su uso, o incluso su propiedad.