Soy propietario de un local en una enorme comunidad de vecinos (154) y mi problema es el siguiente:
Se acaba de pintar la fachada y acordé, verbalmente, un determinado color el cual se ha utizado para pintar el local contiguo, cuando se había acordado que ambos locales comerciales quedarían diferenciados.
Me informan ahora que al no haber comunicado el color que utizé para pintarlo me puden obligar a cambiarlo.
¿Pueden hacerlo?
Cualquier decisión sobre la fachada debe ser tomada ppor unanimidad de los propietarios porque se trata de un elemento común. Lo que vale es lo acordado en la Junta de propietarios cuando se trato el tema de pintar la fachada del edificio y lo que se recogió posteriormente en el acta a raiz de esa Junta. Si no han pasado más de 30 dias desde que se celebró la junta y no asististe a ella aún estás a tiempo de tratar de impugnar el acuerdo porque al tratarse de la fachada se precisaria unanimidad.