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Pintar escalera, sin hacer reunion, es esto de ley.

3 Comentarios
 
Pintar escalera, sin hacer reunion, es esto de ley.
28/01/2008 20:56
Os comento la pregunta que viene al caso. En la comunidad se ha cambiado el ascensor en tu totalidad, quitando puertas en todos los pisos y bajo. Ahora al terminar, la empresa helvetia ha dejado sucia la pared, alrededor del marco de las nuevas puertas q han colocado. Y que ocurre recibimos carta de la administradora diciendonos que van a pintar toda la escalera (se ha hecho hace 4 años aprox.) con los fondos que tenemos de la comunidad. Todo ello sin hacer reunión.
La pregunta es puedo oponerme a esta obra, creo innecesaria, en todo caso q retoquen donde este sucio.
Que puedo hacer. O la lista adminsitradora puede ella decidir por los demás, como ya ha hecho en otra ocasión.
Decirme vuestra opión.
28/01/2008 23:06
La administradora no tiene poder de decisión en este caso al tratarse de una reforma no urgente.

La decisión recae sobre la junta de propietarios que es la que tiene ese poder de decidir; además, también se debe aprobar el presupuesto (de varios presentados) más interesante para la comunidad.
El procedimiento es el siguiente:

1º El presidente (y no el administrador/a) debe convocar reunión extraordinaria con el orden del día: pintado de escalera o pintado de la zona dañada.

2º La administradora en el ejercio de secretaria y por mandato del presidente, mandará las citaciones por carta a todos los propietarios para dicha reunión.

3º En la reunión, se debatirá la necesidad o no del pintado u otra solución, y en caso de aceptarse, habrá que convocar otra reunión para aprobar el presupuesto de pintura más interesante (de varios).

4º La administradora-secretaria levantará acta de la decisión tomada y mandará copia a todos los propietarios tanto si asistieron como los que no lo hicieron.

Este es el procedimiento legal.
La administradora no es nadie para tomar decisiones que no le competen, esto se lo puede hacer saber a ella y al presidente.
29/01/2008 21:29
Fontanero me lo explicas claro, las funciones de la administradora, pero ella ha enviado unas notas para que pongas SI O NO, como en las votaciones, vamos y con eso según el escrito se evita de hacer reunión.
Ante esto como actuamos los propietarios.
El caso es q la mujer era de competente, (antes de tomar la comunidad) y ahora ni moverse del despacho que se molesta.

30/01/2008 16:22
Esos papelitos no tienen valor juridico ninguno, no sirven de nada, eso lo ve un juez y se harta de reir.

La ley es muy clara en este punto: Los acuerdos que afecten a la comunidad hay que tomarlo en juntas de propietarios (no valen papelitos, ni votos secretos, hay que dar la cara y manifestarse) además, debe quedar registrado en acta los acuerdos alcanzados, especificando el total de asistentes, los que han votado a favor y en contra, con sus nombres y sus coeficientes.

Usted se puede negar a pagar cualquier reparación no urgente (como ésta), porque no existe acuerdo en junta, además no existe acta alguna, y si no hay acta no hay acuersos, y usted no debe nada. Eso se lo puede anticipar.