La cujestion de pertenencia de la linea es accesoria.
En su plaza un propietario puede poner lo que quiera, pero siempre y cuando NO PERJUDIQUE a los demás.
No podría poner , por ej., una alambrada de trincheras.
La junta ha de resolver si puede perjudicar al USO del garaje o no, pues igual que ha tropezado uno puede tropezar otro.
Si aceptan el bolardo , se podría revestir con goma, porexpan, etc.
En un pleito lcuesta más el collar que...
Hola,
En quanto a las rayas pintadas en un parking a menos que las escrituras por questión de superficie indiquen lo contrario, hacen una función de división entre dos propiedades, es decir 50% para cada propiedad colindante.
Antes de entrar en abogados (tengo un seguro a terceros) he pensado en mandar personalmente una carta cerificada al propietario de la plaza mencionando los incumplimientos concretos de la LPH que me indicas tú, RA07, como argumentación a la reclamación del pago de los rayazos y la petición de retirada del pilote. Antes voy a mirar en nuestros estatutos y en las escrituras para ver exactamente cuanto ocupa su plaza por si añade más argumentos. ¿Creeis que esta carta podría traerme algún problema después, en el caso que al final de todo tenga que llegar a juicio? La cuantía de la reparación es de unos 160 euros. No pagan el disgusto ni los malos momentos que algunas personas me han hecho pasar y los que quedarán. Por un lado tengo ganas de pagar y que todo se acabe y por otro quiero hacer lo que me parece justo. Si alguién cree que no tengo razón a reclamar los daños le agradecería que me lo comentase. Igual no debía exigir el 100%. Si cuando hice la maniobra con el coche, hubiese recordado que el pilote estaba allí, no le hubiese dado. Seguro que me va a costar más las costas de un posible juicio (¿cuanto?). Puedo reclamar también los costes del juicio pero, ¿qué posibilidades tengo de que también me las paguen?. He pensado en Legalitas para asesorarme ¿que opinais? MUCHAS GRACIAS A TODOS
Parece que no lees lo que te he dicho. A ver si con esto otro...
LPH Art 7 1º:
"El propietario... podrá modificar los elementos arquitectónicos... CUANDO NO...PERJUDIQUE LOS DERECHOS DE OTROS PROPIETARIOS, debiendo dar cuenta de dichas obras a quien represente a la comunidad" (Esto para el supuesto de obras DENTRO de su propiedad, todo el pilote dentro de su raya)
"En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna..." (Esto es para el supuesto de obras fuera de su propiedad todo o parte del pilote sobre la raya)
Art. 11 1º
"1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características." (No puede "exigir" el pilote).
Posible vía legal para exigirle que pague las rayas en tu coche (siempre que tengas pruebas o testigos)...
Art 9º 1º Son obligaciones de cada propietarios:
"g) Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares y responder ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados."
Te repetiré, si no lo tienes claro, que el Presidente carece de autoridad, NO PUEDE autorizar o denegar por sí mismo, sólo tiene la representación (Art 13 3.)
La autoridad reside y la ostenta exclusivamente la JUNTA DE PROPIETARIOS, para todos los temas que afecta a la Comunidad.(Art 14, e) ).
Si quieres mi consejo, te será muy difícil y complicado un juicio por la raya en el coche, aunque debes ser tú quien valore si te vale la pena o no, dependiendo del valor de la reparación, y de la cobertura de reclamación de daños, si la tienes.
Sin embargo, que sirva de lección para regular legalmente la situación creada, que nunca debió producirse de haber hecho mejor las cosas, o bien autorizando por la Junta el pilote, cambiándolo de sitio si fuera necesario, o bien obligándole a retirarlo por haber sido colocado sin autorización legal.
Personalmente, optaría por la retirada del pilote.
No hay una norma especifica, sobre a quien pertenece el ancho de la raya.
Lo importante, es comprobar "in situ" la superficie de la plaza, que consta en la escritura de compraventa y en la division horizontal.
Hecho esto, podria ocurrir que la raya este dentro de la plaza, que este fuera o que este justo en el limite.
Hablé con el presidente de la comunidad del año pasado (cuando se construyó el pilote)y me dice que el no le dió autorización por escrito al propietario de la plaza y que no consta nada en acta. Dice que, cuando le preguntó el propietario de la plaza si podía poner algo para evitar que le rayaran el coche al arrimarse otros, le contestó que en su plaza podía poner lo que quisiera. Tiene eso validez de autorización de la comunidad ante un juicio?En caso afirmativo, y suponiendo que el pilote esté dentro de su plaza, ¿no tenía que aprobarse en una junta? ¿ALGUIÉN SABE A QIEN PERTENECE EL GRUESO DE LA RAYA QUE LIMITA EL ESPACIO DE LA PLAZA DE GARAJE DEL ESPACIO DE LA COMUNIDAD? GRACIAS
-La raya esté en el interior de la superfice de la plaza.
-Esté pintada en zona común.
-Por igual en el interior de la plaza y en la zona común o colindante con otro propietario.
Puedes medir la plaza y comprobar estos puntos.
Yo creo que generalmente estas lineas son medianeras por lo menos así ha de serlo en en ralación con la plaza colindante.
Desde mi punto de vista, el pilote es absolutamente ilegal, puesto que no es el Presidente quién para otorgar autorización, sino la Junta de Propietarios, circunstancia que no se ha producido.
Además, lo lógico es que si lo aprueba la Junta, lo sea con la condición de que el propietario solicitante asuma la responsabilidad sobre los daños a otros vehículos, por tratarse de zona de entrada y salida.
Es probable que el del pilote tenga un coche que ocupe toda la medida de su plaza, hasta la raya o quizá algo más.
Y hay que mirar los Estatutos, antes de autorizar la obra, puesto que es una modificación que invade elemento común, puesto que la raya marca el limite de la plaza con otra demarcación, y se considera que el límite real es el centro de la raya.
Os transcribo parte de los Estatutos de una plaza de mi propiedad...
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Art 15
c) "Sobre las plazas de estacionamiento no podrán realizarse obras que modifiquen su configuración, distribución, instalaciones y servicios"
f) "Se entenderá servidumbre de paso la invasión momentánea y en maniobra de los espacios no ocupados en plazas adyacentes, siendo responsabilidad del invasor eventuales daños producidos"
"Los elementos comunes estarán siempre libres de cualquier clase de objetos, sean de la clase que sean, salvo los colocados por acuerdo de la Junta"
Art 16) Son obligaciones de los usuarios:
1) Usar el aparcamiento y la plaza de modo que no perjudique los derechos de los demás usuarios.
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¿Por que no mirais en los vuestros, Carlos O C ?
La raya pertenece a la plaza pero la cuestión no es de pertenencia sino de uso.
En el pilote pude tropezar cualquiera por lo que el tema corresponde a la comunidad.
1.- Si la comunidad lo rechaza ha de quitarlo o se lo quita .
2.- Si la comunidad lo acepta, acepta el uso.
En un caso parecido se obligó a revestir el bolardo con material elástico o goma, de modo que si un coche roza, no se raye
El presidente le dijo de palabra que podía colocarlo dentro de su plaza y el vecino lo colocó sobre la raya, no hubo ninguna junta para aprobarlo.La plaza es propiedad del vecino por lo que dicha plaza de garaje no es zona común. Ahora bien, el pilote está sobre la raya y por eso me gustaría saber a quien pertenece el grueso de la raya, dado que si pertenece a la comunidad este pilote tenía que haber sido aprobado en junta y si no ¿el consentimiento de palabra del presidente vale de algo?. Gracias por vuestras respuestas.
En un garaje colectivo, es normal ocupar parte de plazas que estan vacias, en el momento de realizar las maniobras de entrada y salida.
El que ha puesto el pilote, seguro que tambien necesita ocupar alguna plaza cuando maniobra.
Por lo tanto, tambien es un tema de "solidaridad" entre los usuarios de las plazas.
Por cierto, ¿el pilote es retractil?. Sino, ¿como puede maniobrar el dueño de esa plaza?.
Vamos a ver, el pilote colocado en ese punto es peligroso para el tránsito de los vehiculos por las zonas comunes.
Tanto si las plazas de garage son en propiedad o en uso creo que la comunidad debería tomar parte en el asunto.
Además si las plazas son anejos en uso exclusivo, estamos hablando de zonas comunes, sin distinción, por lo que la colocación de ese pilote debería haber sido aprobado en junta.
El pilote se encuentra justo encima de la raya siendo el ancho de la raya (unos 8 cm) y la sección del pilote de unos 7x7cm. A quién pertenece el ancho de la raya? a la comunidad? al propietario, a ambos? Puede esta cuestión repartir las responsabilidades?
En principio, hay que reclamar a la comunidad si el grueso del pilote está en zona comunitaria al vecino, si se encuentra en la zona de propiedad. Un pilote de hormigon es una medida excesiva, que puede causar más daños de los que pretende evitar.Se le puede exigir al vecino en cuestión otras medidas, que las hay, que no causen daños y que sean perfectamente visibles, ( con pintura reflectante).
Ya que no hay que pagar por letra tecleada, las respuestas podían ser un poquito argumentadas. Por lo menos así podríamos saber si se trata de una opinión o de una información con fundamento.
En cualquier caso, gracias a Rayo por haberse molestado en responder.
Hola. En la plaza de garaje de un vecino de mi comunidad, éste colocó hace unos meses un pilote de hormigón de unos 50 cm de altura justo sobre la pintura que limita su plaza en una de sus esquinas. En su día reclamé a la comunidad que entendía que ese pilote no podía estar ahí y debía retirarlo pues podía provocar un accidente sobre todo porque su poca altura lo hacía poco visible a ciertas distancias. El presidente me dijo que ellos le habían autorizado para evitar, según el propietario de la plaza, que otros pudieran rayarle el coche al pasar (su plaza está al lado de la rampa de salida). Hoy he tenido un accidente contra el pivote al hacer una maniobra que permitiera el paso a otro vecino que entraba por la rampa, y he rayado el coche. ¿Puede este vecino colocar este pilote? ¿A quién debo reclamar, al vecino o a la comunidad? Muchas gracias