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Pieza de suspensión

2 Comentarios
 
Pieza de suspensión
06/11/2003 17:17
¿Qué quiere decir formar pieza de suspensión?Esto da lugar a q existan dos procesos uno cautelar y otro principal con dos pronunciamientos uno para cada uno de ellos ? el juzgado les da números diferentes?Me ayudaría mucho gracias
14/11/2003 19:31
Aunque tu pregunta no es del todo clara, espero poder respondértela. Estimo que te refieres en concreto a la jurisdiccion contencioso-administrativa. En este caso la pieza de suspensión es aquella en la que se dilucida, a instancia del recurrente, si procede la suspensión del acto administrativo recurrido, hasta tanto en cuanto no se resuelva el recurso en sí
En este caso se abre una llamada Pieza Separada, que tiene el mismo número de autos que los autos principales, y en ella la Sala resuelve a favor o en contra, previo traslado a la Administración demandada para que alegue lo que estime oportuno sobre la solicitud de suspensión.
La resolución que se dicta lo es por auto.
17/11/2003 12:52
Gracias,te debo un café