mi cliente de baja desde 30/04/08 por enfermedad común.
le dan alta medica el 19/10/09.
se interpone demanda impugnando el alta medica solicitando "a que me repongan en mi situacion anterior de IT hasta que se produzca mi total curación o mi pase, si se agotara el plazo, a la situación de invalidez en el grado que corresponda".
sentencia: desestiman demanda dice" agotado el plazo máximo legal resulta claro que no concurre en la presente el primero de los supuestos de prorroga, esto es la posible curacion en el plazo de los 6 meses ss al agotamiento del plazo max. ordinario. no habiendo desvirtuado la parte la legalidad de la resolución impugnada que valora la sintomatología concurrente en el momento de emitir el alta correspondiente y considera que no concurren los presupuestos legales de prorroga de la IT, ni considera procedente instar de oficio espediente de IP, dados los informes médicos obrantes y las conclusiones en ellos recogidas y ello sin perjuicio de lo que pudiera derivarse del correspondiente espediente de iniciado a instancia del trabajador en atención a su estado actual de salud."
lo he copiado tal cual y no entiendo nada. Pq dice que pierdo?
Pues sin entender mucho de este tipo de expedientes, creo que está claro que dice que no has aportado nada que contradiga el alta, y que los informes médicos aportados tampoco dicen nada sobre la conveniencia de comenzar un expediente de incapacidad permanente.
Vamos, que nada de lo que has hecho contradice el alta del trabajador.
SALUDOS.
mira,
he escrito el ultimo parrafo de la sentencia. tampoco hay mucho mas pero te indico que si el máx de baja son 545 dias (365 180 de prorroga) el mio estuvo 538. por lo tanto, yo pido, demostrando sus dolencias que no deberian haberle dado el alta, asi que lo repongan en la situacion anterior pero agotado el plazo lo pasen a la situacion de invalidez correspondiente.
sin embargo la sentencia dice que me deniegan la prorroga de la IT pq no ve que se vaya a curar dentro de los 6 meses ss al plazo ordinario tal y como se desprende de la pericial.
no lo entiendo, me resuleve sobre una cosa que yo no pido. es muy incongruente.
en fin.. a parte de recurrir, puede iniciarse a instancia de parte la IP?
Por supesto, a instancia de parte siempre puede iniciarse la IP, además ya te lo dicen:
"ni considera procedente instar de oficio espediente de IP, dados los informes médicos obrantes y las conclusiones en ellos recogidas y ello sin perjuicio de lo que pudiera derivarse del correspondiente espediente de iniciado a instancia del trabajador en atención a su estado actual de salud."
Parece que la SS se refiere a, que como no se va a curar dentro de los 6 meses de plazo ordinario (recuerda que le faltaban solo 7 dias) pues por eso da el alta y vosotros ni habeis podido demostrar una siquiera hipotetica posibilidad de curacion dentro del plazo extraordinario de lso siguientes 6 meses.
Por tanto, solo queda pedir la IP a instancia del trabajador, o , si tiene muchas lesiones o enfermedades que le den de nuevo la IT por otra causas distinta.
ok, pero, se refiere a los 6 meses del articulo 131 bis 2 de la LGSS?
y por otro lado, pq de oficio no quiere instar expediente de IP si está tan mal?
yo en mi suplico pedia, que le repusieran a su situacion de IT o agotado el plazo, a la situacion de invalidez en el grado que corresponda. Ahi lo estoy pidiendo ya...
por otro lado, en hechos probados dicen que el alta se da por agotamiento del plazo máximo.
el hecho de que queden 7 días es razón para impugnar el alta no?
creeis que tenia que haber iniciado el cliente expediente de IP y no perder el tiempo con la impugnacion del alta médica? me toco del turno para impugnar.. pero me planteo ahora.. (despues de que pase 1 año en salir el juicio..la cagué?
La SS no ha inciado de oficio la IP porque entonces se contradice ella misma: precisamente no declara la prorroga de la IT por dos cosas, por no haberlo probado bien tu cliente y porque la propia SS dice que ni hay posibilidad de curacion y por tanto está capacitado para trabajar
Por lo tanto procede que tu cliente para ganar tiempo pida la IP a instancia suya
ya, pero por que hablas de prórroga de IT? no te entiendo. estuvo de baja 365 dias, le prorrogaron para 6 meses mas de los que le dieron de alta 7 dias antes de terminarlos.
lee en "locura de mi cliente" y verás que papelón tengo con este
Me he liado un poco, no me referia a la prorrogas casi habitual de 6 meses, sino a una segunda prorroga excepcional de otros 6 meses mas que se da en casos excepcionales cuando hay algun atisbo de curacion
Lo dicho: que la pida la IP de parte, que si la SS ha aguantado con el de baja 18 meses muy bien no debe estar
ok, gracias.
Finalmente va a pedir la IP y mientras yo recurriré la sentencia.
parece ser que hace un año y pico ya le dijeron que la pidiera y se negó, cosa que no sabñia yo. es del turno. en fin, ya la tendría pero a veces por desconocimiento la gente se ofusca.