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Pierde la custodia de su hija por traslado laboral

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06/02/2014 11:15
Al igual que la separación de sus hermanos, yo también encuentro ABERRANTE, que cuando hay un divorcio a l@s hij@s SÍ o SÍ se les separe del padre (casi en el 100x100 de los casos), dando la custodia a las madres y para él un regímen de visitas que más que tiempo de disfrute entre padsre/hijo parece un visitador, que pasa que en esos casos l@s hij@s no sufren la separación de uno de sus progenitores, con el cual vivía hasta ese momento a todas horas y todos los días, a ver si pensamos en l@s hij@s SIEMPRE, no cuando según a quien favorezca el Juez, debemos ser justos y ecuánimes y ver hacia donde decantamos la balanza, posiblemente sea inconscientemente.
06/02/2014 04:01
Sin entrar en sexismos y si se lo merece o no la madre, lo que es más o menos claro es que la que lo va a pasar mal es la niña.

Es una puñeta para el padre que se lleven a la niña y la madre no tiene por que tomar esa decisión, es normal que el padre luche por su hija, pero sin valorar lo bien o mal que lo han hecho los padres, la niña ha perdido contacto con sus hermanos y eso es duro. Al final va a vivir sin un progenitor , pero además sin sus hermanos .

Una sentencia debería de tener en consideración a los niños y por encima de las malas acciones de sus padres, esta claro q la madre lo ha hecho mal, pero lo paga la niña.

A parte , más d 600 euros de pensión es una pasada, no?
05/02/2014 19:30
Totalmente aberrante.
Todos sabemos que cuando los padres intentamos que no nos separen de nuestros hijos es para jorobar, está claro que cuanto más lejos estemos de ellos más felices serán. Si puede ser a 1.000 km. mejor que a 500.
Y ya es el colmo que una madre tenga que pasar una pensión, eso lo han de hacer sólo los padres.
05/02/2014 14:35


El proceso se inició cuando el padre interpuso demanda de modificación de medidas. Lo hizo después de que su exmujer le comunicara que se veía obligada a irse a vivir a Madrid con su actual marido y el hijo de ambos por un traslado de la empresa en la que entonces trabajaba. La niña empezó el curso en un colegio de la capital, hasta que en febrero de 2013 se acordaron las medidas provisionales: la juez entregaba al padre la custodia de Manuela y le obligaba a regresar a Barcelona hasta la resolución del pleito.

Durante el tiempo que estuvo viviendo en Madrid, los psicólogos coincidieron, como consta en distintos informes, en que entre Manuela y su hermano «existe un vínculo afectivo muy fuerte». Subrayaban el «equilibrio emocional» de la madre y advertían de que separar a la menor de ese entorno suponía un «evidente y grave riesgo emocional». «La coincidencia tiempo-espacio del nacimiento de un hermano y el apartarle de la figura materna será vivido por Manuela como una sustitución del lugar que ella ocupa en la familia y la niña se sentirá alienada. Verá que su hermano efectiva y realmente pasa a ocupar el espacio que le corresponde a ella (…)», advertían.

El «castigo» a la madre, según el letrado, se completa con la obligación de pagar al padre 655 euros mensuales y un régimen de visitas muy rígido: sólo puede estar con Manuela las noches de los viernes y sábados cada dos semanas (los miércoles es imposible hacerlo por motivos obvios) y paga de su bolsillo los traslados entre ambas ciudades. La madre está ahora en paro y tiene otros dos niños.

http://www.elsemanaldigital.com/pierde-la-custodia-de-su-hija-por-traslado-laboral-133578.htmfont class=
Pierde la custodia de su hija por traslado laboral
05/02/2014 14:35
PIERDE LA CUSTODIA DE SU HIJA POR TRASLADO LABORAL

ESD/N.V

Una juez de Barcelona ha retirado la custodia de su hija a una madre por irse a trabajar a Madrid, separando a la niña de sus hermanos.

4 de febrero de 2014

Una juez de Esplugas de Llobregat (Barcelona) ha separado a una niña de siete años de sus dos hermanos al considerar que un cambio de domicilio «no significaría una clara mejora respecto a su actual situación» y que la convivencia con sus hermanos, de un año y medio y siete meses, respectivamente, «podría complicar la cotidianidad» de la pequeña.
Pese a reconocer que la progenitora es «el principal referente» de Manuela, la juez decide retirarle la custodia (desde la separación en 2008 la niña había vivido con la madre) cuando la progenitora se vio obligada a cambiar su domicilio de la Ciudad Condal a Madrid por un traslado laboral y para rehacer su vida con su actual marido, padre de los dos niños pequeños.

Esta resolución, recurrida ante la Audiencia Provincial de Barcelona, entra en contradicción con la línea jurisprudencial unánime en la materia, que prioriza precisamente la convivencia entre los hermanos y no su separación, suponiendo un castigo para madre e hija.

El abogado de la madre, Ramón Tamborero, asegura que en sus 36 años de ejercicio «jamás» se ha encontrado con semejante castigo a una mujer «por el hecho de buscar nuevas oportunidades de trabajo» en Madrid, y más cuando se trata de una persona que durante el tiempo que tuvo la custodia de la pequeña «nunca ha puesto impedimento alguno al régimen de visitas» del padre, con quien siempre ha tratado de tener buena relación por el bien de la niña.

Para el letrado, la que también está siendo duramente castigada es la menor, que se ve sometida a una «tensión psicológica enorme», pues cada vez que se ha de separar de su madre y hermanos (cada quince días) «sufre una alteración emocional tremenda». Se trata, según el letrado, de una situación «inédita» y «aberrante» en Derecho de Familia.

Se da la circunstancia de que el informe psicosocial que resultó determinante para dar la custodia al padre se elaboró sin haber explorado a la niña, sólo con entrevistas a los progenitores, tras las que se reconoce que la madre es el referente de la vida de Manuela, por lo que recomienda «ampliar al máximo el régimen de visitas» por los lazos que unen a ambas.

Recomendación que no ha seguido el juez al dictar sentencia, pues el régimen de visitas se reduce a fines de semana alternos y una pernocta intersemanal que no se puede cumplir dado que la madre vive en Madrid y ha de cuidar de sus dos bebés. Pese a señalar el psicólogo que la petición de custodia por parte del padre respondió a «una decisión de rabia, de temor a perder su rol respecto a la menor», afirma que «no hay una valoración clara de lo que se encontrará la menor cuando vuelva a Madrid, ya que la existencia de dos niños de corta edad (sus hermanos) podría complicar la vida cotidiana de la menor».

Otro punto «conflictivo» del informe y de la sentencia, a juicio del abogado, es el hecho de que se prioricen los «vínculos» de la pequeña con el hijo de la pareja del padre. Este aseguró en el juicio que eran casi como hermanos. Esta circunstancia fue valorada por la juez, pero no así el hecho de que el padre haya roto con su pareja y de que Manuela jamás verá a ese niño.
La juez valoró más el papel volátil, como se ha demostrado con la ruptura, del hijo de la ex pareja que el de dos hermanos de sangre, circunstancia que ha determina una resolución «aberrante» y contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según sostiene Tamborero en el recurso que ha presentado ante la Sección 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona.

CAMBIOS A MITAD DE CURSO

Los hechos se remontan a junio de 2010, cuando este matrimonio, él canario y ella catalana, firmaron su divorcio de mutuo acuerdo en Barcelona (estaban separados desde el 2008), ciudad donde ambos residían. Manuela, que entonces tenía cuatro años, quedó bajo la guarda y custodia de la madre durante los tres años siguientes.