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Petición Instituto Información Académica.

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Petición instituto información académica.
04/04/2009 18:57
Buenas tardes:

Mi pareja ha solicitado información sobre su hijo en el Instituto donde estudia ya que su ex mujer no le facilita dicha información y lo único que sabes es lo que le dice el niño. En el instituto le han dicho que no les consta ni siquiera como padre del crío. Va a presentar un escrito adjuntando la sentencia de divorcio donde consta que la patria potestad es compartida así como fotocopia del libro de familia. ¿Puede alguien facilitarme un modelo de escrito que pueda mi pareja presentar en el Instituto?

Se que es un tema del que se ha hablado mucho en este foro y que han aconsejado como hacer esta reclamación, pero en estos momentos es imposible hacer consultas en el foro, se queda la pantalla en blanco.

Si alguién pudiera enviarme un modelo de reclamación lo agradecería ya que este año el chaval empieza bachillerato y mi pareja quiere estar al tanto ya que es un año crucial en su educación. Mi correo es carmen12377@hotmail.com.

Gracias y saludos,
04/04/2009 19:05
Pero ¿de que esta hablandousted? la mujer no tiene obligación de asumir las veces de secretaria particular de su exmarido. Faltaría más!!!
Es el padre quien tiene la oblgación de mantenerse informado a través de su hijo y del centro, de la ex, nada de nada, presente los escritos por donde quiera, no va a poder dejarle mal a la ex de su pareja. Yo le aconsejaría que no presente nada en el Instituto, pude volverse contra él, es mejor que se interese de verdad por el niño acudiendo a hablar con los tutores. ¿modelo de reclamación? ya lo que faltaba en este foro por oirse.....
04/04/2009 19:42
Hola:

Carmen12377, no se preocupe le mando ahora mismo el escrito solicitado, en el podrá ver las obligaciones que tiene el centro y sobre que legislación, abundante, se asienta.

La primera responsabilidad de informar sobre los aspectos educativos, sanitarios y otros recae sobre el custodio. No hacerlo es una obstrucción al ejercicio de la patria potestad del no custodio y es denunciable. Instituciones sanitarias y educativas, ya sean públicas o privadas, también están obligadas a informar a requerimiento del no custodio.

Achilipu22, le aconsejo que se lea el siguiente párrafo:

“Se impone a la madre custodia del menor el deber de informar al progenitor no custodio de la evolución escolar y sanitaria del hijo, dada la conflictividad de los padres, y como deber de estos entre sí derivado del ejercicio de la patria potestad, no pudiendo ser derivado hacia terceras personas (colegio o centro sanitario) cuando no hay motivo para ello.

AP Barcelona, Sec. 12.ª, S. 14-2-2003

Combate la demandada el pronunciamiento sobre el deber de informar mensualmente al actor sobre la evolución escolar y sanitaria del menor en razón a la conflictividad que tienen los progenitores de José Ignacio, y en atención a que tal información la puede obtener el Sr. Valentín del Colegio al que asiste el hijo o del pediatra que le visita, amigo suyo.
Tales razones son del todo rechazables, pues el ejercicio de la patria potestad conjunta es intransferible como declaró la STS de 29 de noviembre de 1955, y deriva hacia una serie de deberes de los progenitores entre sí dado que los hijos no emancipados están bajo la patria potestad de padre y madre, que la han de ejercer conjuntamente en beneficio de los hijos (art 154 CC) por lo que no cabe delegación alguna del deber de información al cónyuge no custodio a través de terceras personas cuando no hay causa o motivo para ello, porque el art. 34.3 de la CE impone el deber de los padres de prestar asistencia de todo orden a los hijos dentro y fuera del matrimonio, e igualmente su ejercicio aparece en el art. 156 CC, y siendo que el padre ha de estar suficientemente informado del desarrollo de los estudios y de la salud del hijo para que pueda proporcionar al menor la ayuda y asistencia que necesite en todo momento (art. 92 CC), es por lo que se ha de mantener el deber de la demandada impuesto en la sentencia, pues no cabe confundir la irreconciliable postura de enfrentamiento de la pareja con el peligro concreto para la salud o desarrollo integral del menor (lo que no consta), a efectos de suspender el deber ni el derecho de visitas (STS de 19 de octubre de 1992). Consecuentemente el motivo no puede prosperar.”

Enlace:

http://books.google.es/books?id=3YxVzm_D5S0C&pg=PA188&lpg=PA188&dq=AP Barcelon Sec. 12 A. 14-2-2003&source=web&ots=IAxNg3vDXU&sig=EhUpRkH8RLhoj-0MisosvM6Ym-0&hl=es&ei=dXudSZioJI6I0AWp46TeBQ&sa=X&oi=book_result&resnum=5&ct=result

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Un cordial saludo
04/04/2009 20:07
Pero vamos a ver achillipu22, mi pareja quiere participar de la vida de sus hijos como cualquier buen padre, su ex mujer ya que tiene la custodia tiene el deber de facilitarle toda la información que necesite sobre ellos, cosa que no hace, por lo tanto acude al colegio de sus hijos y se encuentra que ni siquiera le ha puesto en la matrícula cuando se hizo en junio. Por lo tanto, va a demostrar que es el padre de sus hijos mediante fotocopia del libro de familia y va a reclamar que se le informe sobre todo lo relacionado con ellos, ya que a pesar de no tener la custodia quiere estar al tanto de su rendimiento académico, que hay de malo en ello, no pretende poner mal a su ex mujer, sólo ejercer sus obligaciones como padre.

Mira achilipu22 también estoy divorciada, tengo tres hijos y ojala mi ex marido se preocupara por mis hijos como lo hace mi pareja con los suyos, ojala achilipu22, estaría encantada de ahora en estas fechas que han llegado mis hijos con sus notas poder enviarlos a casa de sus padres con su boletín de notas para que él se sintiera tan orgulloso de ellos como me siento yo. Por desgracia no es así.

En cuanto a lo que dices que se informe a trávés de su tutor, lee bien, el colegio no le facilita ninguna información porque no les consta que es su padre, además de porque no tiene la custodia.

En fin, Emigrante, muchisimas gracias, una documentación muy completa y valiosa.

Un cordial saludo,
04/04/2009 20:15
Hola:

Disponemos de escritos “standars” tanto para solicitar información a centros escolares como a centros sanitarios. Los interesados/as pueden contactar por E-Mail aitz_mendi@yahoo.es, correo ordinario o personalmente, todos los lunes de 19:30 a 21:30, en la siguiente dirección:

Asociación Vizcaína de Padres y Madres Separados La Terraza
Centro Cívico de Bilbao
C/ Luis Briñas nº18, 2º, aula 7
48013 Bilbao
Vizcaya

Un cordial saludo

José Ramón Bernabé Sáiz
Presidente AVPMS La Terraza
DNI 14582668R
04/04/2009 21:01
mira carmen y emigrante:
jarta jartita de ver como mucho muchitos padres a que estamos ¿a fin de curso? pero de que vas!!!! tiene que ir al centro en septiembre octubre. Si el niño lleva el boletín de notas en la mochila y el padre no se molesta en comunicarse debidamente con él, porque a lo mejor está muy entretenido en su nueva vida, eso no le da derecho a denunciar a la madre. mal está que no le ponga en el lugar donde dice "padre" pero INSISTO, MUY MAL EL PADRE MUY PERO QUE MUY MAL
04/04/2009 21:23
Achilipu, hablas sin conocimiento de causa. ¿Entretenido con su nueva vida? sin comentarios al respecto, no merece la pena.

He solicitado al foro una información en concreto, clara y objetiva, si la tienes y quieres darmela me la das, si no, pues nada.

Además no sé de que estas hablando, quien habla de denunciar a la madre, que solo quiere que se le facilite la misma informacion que se le facilita a la madre: notas, reuniones, faltas de asistencias, tutorias, etc.. te repito que hay de malo en ello.

Me da la sensación que ves denuncias por todas partes, que aqui nadie pretende denunciar a nadie.

Doy por zanjado este tema.

Saludos,


04/04/2009 23:40
Hola:

Achilipu22, el custodio tiene la obligación LEGAL, independientemente de consideraciones morales, de informar al no custodio sobre cualquier aspecto que afecte al menor o menores COMUNES, sobre los cuales se ejerce patria potestad CONJUNTA. Cuestión esta expuesta en mi primer comentario, creo que debidamente sustentado, y diametralmente opuesto a lo expresado por usted en su primer comentario.
Si para ello el custodio/a tiene que convertirse en secretario/a de su ex es mejor que se lo tome deportivamente, como una de las cargas que conlleva ser custodio. De ser considerada esta obligación como excesivamente onerosa o degradante hay fórmulas alternativas, renunciar a la custodia o solicitar una custodia compartida.

Por otra parte, cuando se incumple con una obligación legal, la parte que vea violados los bienes jurídicos de los que es poseedor/acreedor o de aquellos a los que está obligado a representar, puede, ciertamente, ejercer cuantas acciones legales estime oportunas. Es más, en muchos casos está obligada a ello.

Sobre la conveniencia, cuando se deben ejercer esos derechos, es algo que ni usted ni yo podemos entrar a valorar, hay tantas circunstancias como colores. Se sorprendería y le resultarían inimaginables las cláusulas, violadas en su totalidad por mi ex, que aparecen en mi convenio de separación. Yo presenté escritos en octubre, no me contestaban pasados 20 días, remití nuevos escritos, muy educados pero contundentes. Respuesta inmediata y no me hizo falta abogado/a alguno. Si los hubiera presentado en abril o en junio hubieran respondido igualmente, créame, por la cuenta que les trae. Y que se atrevan a decirme, en el supuesto caso, porqué los presento en junio, merecida respuesta, nada amigable, tendrían. Ahora estoy presentando escritos a cierto hospital, la respuesta va a ser inmediata también, tiendo a ir a tiro fijo, con la tarea hecha, no me gusta perder el tiempo. No pregunto ni pido favores, exijo lo que es mío o de mis hijos.

Por cierto, como les ocurre a tantos y tantos padres, cuando mis hijos vienen “de visita”, lo hacen los fines de semana y no traen ni la mochila ni las notas, Miento, mi hijo pequeño si viene con sus notas, porque llegué a ese acuerdo, no me extiendo en los pormenores, con el director de su centro educativo, en el caso de mi hija me las envían por correo. Ni que decir tiene que esta situación no me la han traído la he ido a buscar yo, a pesar de las obligaciones de la custodia. En su momento se dilucidarán responsabilidades. Por otra parte, mantengo una exquisitez absoluta en el trato y un respeto profundo hacia mis hijos, no los implico en temas de adultos, ni descargo responsabilidades sobre sus espaldas que no les competen. No así la contraparte, tener que escuchar ciertos argumentos puestos en boca de mis hijos y morderme los mismísimos para no rebatir todo uno. De lo que tengo que “negociar con” o “exigir a” mi ex, o al centro educativo o al sanitario no tienen porque enterarse mis hijos. No soy amigo de mis hijos, sencillamente soy su PADRE o al menos lo intento denodadamente, a pesar de que en este país es tarea ciclópea debido a sus inconstitucionales leyes discriminatorias.

Aunque podamos coincidir en otras argumentaciones en esta no. Principio de presunción de inocencia ante todo, aunque ya sabemos que en España la Presunción es el nombre de la cabra de la Inocencia. Agreste país donde los haya.

Un cordial saludo
05/04/2009 16:45
Para emigrante:

Muchas gracias por tu aportación. Qusiera preguntarte si esta responsbilidad de informar esbilateral, osea, si por ejemplo, en un finde o unas vacaciones que estan (en este caso mis hijas) con su padre, no custodio, y sucede algo, además grave como un accidente con ingreso hospitalario. Es que a mí me sucedió y me enteré por la calle cuando alguien me vino a preguntar a ver si estaba muy angustiada por el accidente (coña total, pues yo no tenia ni idea y estaba en el mercado) y después de eso estuve siguiendo la pista desde el lugar del siniestro, por los centros de salud, compañias de ambulancias, y los hospitales de dos comunidades autónomas, y las pocas palabras que conseguí cuando contacté con el progenitor (me niego a llamarle padre), es que me fuera a al mrda, dejase de dar el ñazo, y que las niñas esas horas eran suyas y repetición de las frases anteriores, solo que mas completitas sin decir ni donde ni que habia pasado ni que hospital era.
05/04/2009 16:56
buena pregunta la de leirali

emigrante, quizá estemos en el mismo, lado, pero desde luego, no estoy del lado de quienes sólo rezan a santa Bárbara cuando truena. Espero que tengas mucha suerte con estos temas, tan desagradables para todo.

carmen, notengo nada contra tí, pero sólo tevoy adar un consejo, porque me parece que te estas implicando mucho, no respondas por los demás, cada palo que aguante su vela. La vida, desgraciadamente, nos da demasiados quebraderos de cabeza, así k es mejor no acumular problemas de los demás, bastante tienes con los tuyos. QUe resuelva él la papeleta en lo k se refiere a su hijo. un saludo
05/04/2009 17:29
El progenitor que convive efectivamente con los hijos debe informar al otro progenitor, sea este custodio o no custodio; por supuesto de hecho relevantes. Entiendo pues que un accidente con intervencion medica o/y hospitalizacion sinn la menor duda lo es.
Hay dos aspectos a tener encuenta.
Primero: la actutud real del progenitor incumpliendo tal deber. Ciertamente en los juzgados de familia no se sanciona salvo muy excepcionalmente tal incumplimiento pero si es mucho mas frecuente sea tenido por indiciario del mal hacer.
Segundo: terceros implicados en la crianza y educacion de los menores. Tanto centros escolares como centros de salud han venido siendo renuentes a CUMPLIR CON SU OBLIGACION de informar a los progenitores cuando hay una custodia unica del/os menor/es
Centro de enseñanza.
Siempre y cuando el alumno no tenga la plena capacidad de obrar ( habitualmente a la mayoria de edad) a la recepcion de la sentencia fehacientemente notificada por la parte interesada de la sentencia ( habitualmente el progenitor visitante) en la que se mantiene la patria potestad compartida,. deberan informar a este de TODA la informacion referente al menor, no cabiendo pues el uso de notas en agendas escolares por ejemplo. Si el centro educativo hiciera caso omiso de su deber debe comuicarse tambien fehacientemente a la inspeccion; raramente dejara de obtenerse el resultado apetecido. Si aun asi el centro mantuviera su pasividad debera pedirse ejecucion de sentencia para que sea el juzgado quien aclara tal obligacion; ojo que no seria la primera vez que dicho juzgado entendiera que no esta entre sus funciones. Por ultimo cabe detentar contra el centro accion procesal incluso en busca de la inhabilitacion.
Centros de salud, personal sanitario
Suele encontrarse mayor dificultad con estos a parte que su actuacion puede ser puntual o accidental.
Reza igual obligacion que con los centros educativos. Es mas facil con el medico del sistema publico de salud y el pediatra y enfermera ya que debe seguirse igual protocolo que con el centro de salud.
Mas dificil es en las actuaciones puntuales en las que se suele recabar el permiso del progenitor que en ese momento esta con el ya que desconocen la concreta situacion y ejercicio de la patria potestad. Muchos son los que han destacado la necesidad de variar los protocolos de actuacion medica para que salvo "urgencia" deban recabar el permiso de ambos progenitores evitando la practica habitual de actuar con el menor en el ejercicio de la patria potestad plena cuando solo se tiene la compartida.

Existe una OM de Educacion anterior a la cesion de competencias educativas a las CCAA en la que se explicita la obligacion de informar a ambos progenitores y alguna CCAA tambien lo han establecido. A nivel sanitario solo he oido que tambien sucede en alguna comunidad, pero no me consta. Las asociaciones de padres separados son las quie mejor le informaran a este respecto.
Un saludo
05/04/2009 18:28
Hola:

En efecto, Leirali, la obligación de informar es mutua, máxime si se producen hechos como los que describe, su ex tenía la obligación legal de comunicarle lo ocurrido. Hace poco salió una sentencia muy novedosa por ser la primera que se daba en España y venía a decir no ya que se deben informar los padres entre sí, sino que el régimen de visitas no tiene nada que ver con las hospitalizaciones, ingresos en urgencias o períodos de convalecencia, entre otros. Ambos padres tienen el derecho y el deber de asistir al hijo/a en tales circunstancias. Por tanto, usted tenía todo el derecho de estar acompañando a sus hijas independientemente de lo determinado por el régimen de visitas.

Achilipu, yo tampoco estoy del lado de aquellos que son unos irresponsables o unos caraduras con sus hijos. Aún recuerdo un caso que se expuso aquí donde el padre argumentaba que no quería tener a sus hijos el fin de semana porque el fin de semana era para divertirse. Hay de todo como en botica.

Remito un enlace a un documento, creo que bastante bueno, elaborado por la Asociación Projusticia por si fuera de interés:

http://www.projusticia.es/documentos/documentos/instrucciones/Decalogo actuacion de colegios.pdf

Un cordial saludo
05/04/2009 19:21
Achilipu22 no sé como entenderás tú una relación de pareja. Yo la entiendo en dar y recibir los dos en la misma medida, así lo intenté durante 17 años que estuve casada pero por desgracia no salió bien. A pesar de ello sigo pensando lo mismo y me implico con mi pareja en la misma medida que el se implica conmigo, nada más.

Efectivamente como todo el mundo tengo muchos problemas, pero los problemas cuando se intentan solucionar entre dos personas que se quieren y que se están dando otra oportunidad en la vida ya que se lo merecen (como la mayoría de la gente) son problemas que se solucionan mucho mejor.

No he dicho en ningún momento que tengas nada en contra de mí, no me conoces ni yo te conozco a ti pero por favor somos ya muy mayores y hemos vivido mucho para cuestionar a los demás. Como dice emigrante la presunción de inocencia lo primero, parece mentira que este sea un foro jurídico, en él se culpabiliza de cualquier cosa a madres y padres que exponen sus problemas sin hechos probados.

Nada más achilipu22, espero que te vaya bien en la vida, yo es lo que intento, ser medianamente féliz en compañía de las personas que quiero y ten muy claro una cosa, ni me molesto en demandar ni denunciar a mi ex marido el cual lleva más de 2 años sin ver a mis hijos e intento siempre que mi pareja tenga buena relación con su ex (en la medida de lo posible) ya que de esa forma nosotros seremos felices y nuestros hijos también.

Saludos cordiales
05/04/2009 19:24
Emigrante, has dicho ACOMPAÑANDO???,

Osea, que no solo tenía derecho a saber que habia pasado, si no que tambien a ir al hospital???
05/04/2009 19:50
Hola.

Tengo firmado con mi ex-pareja (con la cuál no me casé nunca), un convenio regulador en el que se recoge que la guardia y custodia la tiene ella pero en el caso que vivamos en la misma provincia (yo vivo en otra provincia desde hace casi dos años, por motivos laborales); compartiríamos la guardia y custodia.
Cuando en su día convivíamos juntos dejaba mucho que desear respecto a sus obligaciones como madre ya que ni siquiera le aseaba y prefería salir de noche a estar con el niño. Nunca ha trabajado solo tiene el graduado escolar y no manifiesta intenciones claras de mejorar su situación.
Cuando me cambié de residencia, hablé con ella para ver cuál era la decisión más acertada, ella me aseguró que podía hacerse cargo del menor, y ante todo prioricé el bienestar de él, pues pensé que allí en definitiva estaba toda la familia tanto materna como paterna, pero han surgido problemas.
El niño falta a clase con regularidad de manera injustificada, tuvo un accidente hace unas semanas y tuve que enterarme por mi madre, en fechas señaladas el niño me llama porque mi madre realiza las llamadas, ella nunca me facilita información respecto a la educación del menor e incluso pretende obtener información por mi propia madre. Todos los fines de semana y en fiestas está con mi madre y ella sale de fiesta constantemente, no hace sino mentirme y darme información falsa que me dificulta conocer mejor la educación y bienestar de mi hijo. No lo asea como debe, y sin tener responsabilidades va a recoger al niño a la hora más tarde posible.

Por favor me preocupa seriamente hasta donde puede llegar con este tema y me sería de gran ayuda, cualquier información que pudieran facilitarme.

Gracias de antemano por prestarme atención.
05/04/2009 21:22
yo, opino que si un hijo al que tanta responsabilidad y criterio le otorgan algunos padres para tener voz a la hora de opinar sobre su educación o elección de custodio¿? ahora no pueden decir que es menor de edad para no tener informados a los no custodios de las notas, QUE NO SE PUEDE MANIPULAR TANTO SEÑOR FERRO, QUE SE LES VE A USTEDES EL PLUMERO LOS DE LA COMPAR...QUE???


carmen, siento de verdad y comprendo perfectamente lo que está usted sufriendo con la situación que tiene. Yo soy divorciada también, sé lo mucho que duele que tus hijos sufran. Usted es una buena, muy buena persona, siento si al hablarle le haya podido molestar, me indignan muchos demagogos dentro y fuera de este foro. mucha suerte carmen.
06/04/2009 00:53
Hola:

Por supuesto Leirali, el pleno ejercicio de una patria potestad conjunta comporta ese derecho y ese deber, siendo algo ajeno a matrimonios, separaciones, régimenes de visitas, etc., el interés del menor está por encima de estas cuestiones, es derecho de los hijos y deber de los padres velar por ellos en todo momento y muy especialmente en semejantes circunstancias.

Un cordial saludo
06/04/2009 01:00
"regímenes" disculpen a mi dedo.
06/04/2009 18:32
Hola.

Tengo firmado con mi ex-pareja (con la cuál no me casé nunca), un convenio regulador en el que se recoge que la guardia y custodia la tiene ella pero en el caso que vivamos en la misma provincia (yo vivo en otra provincia desde hace casi dos años, por motivos laborales); compartiríamos la guardia y custodia.
Cuando en su día convivíamos juntos dejaba mucho que desear respecto a sus obligaciones como madre ya que ni siquiera le aseaba y prefería salir de noche a estar con el niño. Nunca ha trabajado solo tiene el graduado escolar y no manifiesta intenciones claras de mejorar su situación.
Cuando me cambié de residencia, hablé con ella para ver cuál era la decisión más acertada, ella me aseguró que podía hacerse cargo del menor, y ante todo prioricé el bienestar de él, pues pensé que allí en definitiva estaba toda la familia tanto materna como paterna, pero han surgido problemas.
El niño falta a clase con regularidad de manera injustificada, tuvo un accidente hace unas semanas y tuve que enterarme por mi madre, en fechas señaladas el niño me llama porque mi madre realiza las llamadas, ella nunca me facilita información respecto a la educación del menor e incluso pretende obtener información por mi propia madre. Todos los fines de semana y en fiestas está con mi madre y ella sale de fiesta constantemente, no hace sino mentirme y darme información falsa que me dificulta conocer mejor la educación y bienestar de mi hijo. No lo asea como debe, y sin tener responsabilidades va a recoger al niño a la hora más tarde posible.

Por favor me preocupa seriamente hasta donde puede llegar con este tema y me sería de gran ayuda, cualquier información que pudieran facilitarme.

Gracias de antemano por prestarme atención.
06/04/2009 22:34
budista, si quiere asesoramiento, abra otro hilo, no interfiera en este, resulta que ralla usted un montón repitiendo una y otra vez sus cosas.