Haga caso a lo indicado por Pepe123.
Usted tendrá todo el derecho a solicitar, nadie se lo va a impedir, pero el administrador tiene todo el derecho a ignorar su petición, si lo realiza fuera de la junta comunitaria
Tiene Vd todo el dercho de pedir al admistrador secretario el estado de cuentas actual de su comu idad,desde el último ejerciocio en que se aprobaron las cuentas.
Es cierto que la LPH dice que las cuetas se se prsentaran anuamente para su aprobación, rendición de cuentas. Es en esto en lo que los administradores de escudan para no atnder peticiones como la suya. Ya le edigo que rendir cuentas significa someerlas a juicio de la asamblea general de propietarios
La cuestión esá en que Vd tiene derecho a que se las de, pero no puede por si sólo aceptar esas cuntas o rechazalas,porque eso es facultad de la asamblea, pero si en conocerlas. Tenga en cuenta que es su dinero y nadie le puede negar que se etá haciendo con el. Tanto es asi, que si Vd. obsevase irregularidades en ellas tiene la potestad de denunciarlas ante el juzgado de guardia
Cada año en la reunión ordinaria el administrador(si lo tienen) o quien convoque la reunión debe relacionar todos los ingresos y gastos. Si no lo hiciera puede antes y durante la reunión exigirlos.
Gracias por su amable respuesta.
Le planteo la missa pregunta de un modo distinto
¿Puedo de alguna manera ver la relacion de ingresos y gastos de la Comunidad?
No, no tiene derecho a exigirlo a título particular, savo en un caso muy especial, plenamente justificado. Es en la Junta de Propietarios donde se pueden los datos de la comunidad.
Serían tan amables de decirme si puedo exigir al secretario una relación de ingresos y pagos de la comunidad y desde que tiempo lo puedo pedir, un año o dos o desde la fecha de constitución de la comunidad?