Sí, fue así. Mi cliente también lo escuchó así. El caso es que, al pedirme una pena infinita, cualquiera será inferior a la solicitada por el fiscal. Ya sé que, SSª, será más prudente y lo fundamentará pero, insisto, cualquier pena será inferior. Estoy viendo el principio acusatorio, el de legalidad, uyssss... gracias
El juez no te puede penar sin petición fiscal o de la acusación particular, ni por encima de las peticiones, pero sí por debajo que será el caso. De todas formas me choca mucho esa petición, seguro que fue así? Igual hizo algún comentario respecto a lo que pediría si pudiera o cualquier otra cosa, pero no me entra que pidiera eso.
sé que tienes razón pero, me cuesta resignarme. NO puedo permitir que el Juez imponga una pena que no ha sido solicitada por más que se fundamente en la que se recoge en el artículo de rigor. No sé, es como si le pidieran trabajos forzados. Si la pena está mal solicitada.... no se me ocurren argumentos pero tengo que encontrarlos de alguna forma. Tiene que haber algo. muchas gracias por la atención prestada a golpe de domingo
Bueno, parcialmente, ilegal. Porque, de la prisión que, además de la privación del carnet, conllevan ambos ilícitos, no se olvidó. Y, esa, se la imponen, fijo.
jajajaja. Bien traído, Claimco.spain. Suelo echar el carro antes de los bueyes. Pero aunque el juez no lo conceda, en qué se va a basar para imponer la pena - que impona- si, la instada por la acusación, es ilegal?.
estimado habeascorpus: ahora ya está un poco mas claro. No es porque el Fiscal (en un arrebato de elocuencia) pida una condena de por vida, que el Juez se lo va a conceder ....
Por lo tanto: primero a esperar la sentencia. Leerla, y si hace falta (que lo dudo el Juez lo conceda) apelar.
Esto me pasó en el juicio oral. A la hora de elevar a definitivas las calificaciones, la fiscal, pasó del escrito de acusación que pedía retirada de carnet de algo más de dos años - no recuerdo, exactamente- y se echó al monte en base a la reincidencia, solicitando que se le retire el carnet, a mi cliente, de por vida. La sentencia no ha salido todavía pero, cuando en la sentencia se hace el resumen de lo acontecido, imagínome que, SSª tendrá que recoger la petición de pena del fiscal en esos términos - no recuerdo que lo haya sustentado en artículo alguno- y, como preveo una condena por alcoholemia y desobediencia, a la hora de recurrir quiero "chimpar" en el recurso lo ilegal de la pena solicitada y, en base a eso, solicitar la mínima posible para ambos delitos dada la ilegalidad de la pena solicitada por el Fiscal pues, considero, que si solicito la nulidad, mandarán repetir el juicio, o las conclusiones o lo que sea y el Fiscal, modificará y fiesta. Entonces, para prevenir tal circunstancia y, asegurar, el mínimo, solicitarlo yo en el recurso. Pero, claro, todo ello si no hay una opinión mejor a la mía. Agradezco las molestias que te tomas
En base a qué artículo solicitan esa penal? Porque que yo sepa penalmente sólo está contemplado hasta diez años, ahora bien, cuando se ha perdido alguno de los requisitos para la obtención del permiso, el Jefe Provincial de Tráfico será competente para declarar la pérdida de vigencia del permiso y entre esos requisitos están los comportamientos esenciales para la seguridad de la circulación o aptitudes psicofísicas, con lo que trascurrido el tiempo de condena tendrás que realizar un curso y examinarte. Eso siempre es así cuando la condena de privación del derecho a conducir es superior a dos años, si es inferior se hace un curso pero sin examen.
En España. En concreto, en Galicia. Más, exactamente, en Pontevedra. Y creo, Lolo1981, que no podrían quitarlo -porque todavía no tenemos cadena perpetua- y, para el caso de hacerlo, sospecho que no sería tan fácil que se lo sacara de nuevo. No obstante, quiero alegar dicha petición absurda en la apelación y, a ese respecto, dado que es reincidente, si debido a ese deplorable error, me prodrían fijar, la pena, en la mínima porque, desde luego, no lo van a dejar ir de rositas cuando es reincidente.
hoy en día ya nada me sorprende. Hasta una petición de 7 años por colaborar en programar un asesinato sin saber a quien, ni como, ni donde. En España, sr. Cabo.