Si es documentación que puedes obtener sin ayuda del Juzgado, lo que debes hacer es presentar una solicitud escrita, y si el día de la vista no la tienes, justificar que la has solicitado para que se te admita después; si tienes opción de que el Juzgado la pida, pues mejor, pero debes intentar obtenerla por ti misma, porque el Juzgado te puede reprochar que no lo hayas intentado siquiera.
Si no es documentación que te puedan dar directamente, yo de ti la solicitaría por escrito como Prueba Anticipada, indicando el riesgo de no poder aportarla el día de la vista; si te la aceptan, estupendo; si no, pues de nuevo la propones el día de la vista, indicando que se trata de prueba que solicitaste de forma anticipada, y sobre la que el Juzgado no ha indicado nada en esa fecha.
Un Saludo.
Tengo señalada vista para la modificación de medidas definitivas de divorcio, quiero pedir unos oficios, los tengo que pedir antes de la vista (5 días antes) y asegurarme que el día de la vista estén o los pido el mismo día y se suspende la vista (30 días siguientes) es que yo creo que los debo pedir antes pero alguien me ha hecho entender que no y yendo al art.770 me ha entrado aun más la duda pues parece decir que se propone en la vista y en ella se acuerda. Ayuda por favor.
Gracias.