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Peticion de actas

13 Comentarios
 
07/03/2014 17:26
perdona; me había obcecado con otro asunto diferente. gracias.
07/03/2014 16:41
Me refiero a que para llevar la administración de una finca, no hace falta un administrador colegiado. Los mismos vecinos lo pueden hacer.
En mi finca así lo hacemos, y el que entra, revisa de pe a pa todo lo del anterior.
Lo hacíamos hasta ahora, que por empecinamiento de alguno, acabamos de contratar al profesional, y estamos comprobando que efectivamente la caja está disminuyendo.
07/03/2014 14:55
Hola; sigo esperando impaciente me informe del contenido de mi anterior post, es decir; que para solicitar un documento, factura, acta, ect. para hacerlo por el juzgado, no es necesitario contratar a profesionales..... ?como para lograrlo por las buenas o por las malas¿
06/03/2014 21:42
Sr Pasacero dice... la contratacion de un profesional para éstos menesteres no es obligatorio; perdone, yo no puedo saberlo todo y es un tema que me interesa; el último procedimiento que utilicé en los juzgados fué una petición documentada con una carta al Juzgado de Primera Instancia; me lo admitieron; despues de pasados dos meses me devolvieron el documento con un oficio en el que constaba que había sido notificada la Comunidad sobre mi demanda y que ésta no se había presentado; alguien me dijo que ésto que hice no servía para nada, sencillamente una notificación sin más transcendencia; en aquella ocasión había reclamado documentos muy comprometidos para la Comunidad, o sea, pedía facturas del proveedor de carbon que no existian,donde había conchabamiento entre el suministrador y la comunidad para evitar pagar el IVA; ?existe algun otro medio más contundente sin que me cueste un duro¿ se lo agradeceré de veras.....
06/03/2014 19:37
En una ocasión afirmé que "ajo y agua" es una infusión relajante, y cortaron el hilo.
Efectivamente hay que relajarse, la contratación de un "profesional " para estos menesteres, no es obligatorio.
La comunidad que lo contrata, pues "ajo y agua".
Triquiñuelas de no entregar el acta o entregarlo cuando el posible desacuerdo, anotado como acuerdo, y ya ejecutado, luego defender los malos entendidos, son temas ya sabidos.
Estos foros, son una plataforma ideal para meter las narices los profesionales, del ambiguo.
Yo tengo un caso, que llevamos cuatro años aclarando, y cuatro abogados con ello, ahora entra un quinto.
Un acuerdo reflejado en el libro, trascrito por un vecino abogado, que no está ni medio claro, se puede interpretar de mil maneras, el caso es que no paga lo que nos debe, el mismo que lo escribió.
06/03/2014 18:53
El hecho de que el responsable del Acta, no la entrega en el momento o dentro de los próximos 10 días, donde la ley no define con la contundencia que debiera, o que, sencillamente, en mi caso, llevo 73 dias sin saber el resultado, que por los indicios, me entero oficiosamente, se han cometido acuerdos al margen de lo establecido en la convocatoria, es un signo claro, muy claro que algo guarro se cuece, bastante guarro, forma parte de ese estado de cosas que cito en otro epígrafe de ésta web; finalmente o no se la entregan o lo hacen con ocasion de una nueva reunión, donde ya todo está decidido por el estado caciquil; si finalmente se decide usted a pedir un documento de gastos u otras cuentas, horreur, el administrador secretario, bien dotado de conocimientos jurídicos, le tomará el pelo y no se lo entregará ni él ni nadie, si alguien le aconseja que vaya a los tribunales para reclamarlo, éstos le obligarán (reclamación de documentos) a que la petición está condicionada o previa a una demanda judicial, con abogado y procurador, ese es el sistema que sostiene el ordenamiento jurídico para éstos casos ???; resumen, usted se quedará sin saber nada del documento que le sirva de base para empaquetar a ésta casta inaccesible y protegida: Le recomiento "ajo y agua"
05/03/2014 14:37
Snfliz. lo de que este foro no sirve para asesorar y ayudar a los propietarios que andamos perdidos con los abusos de administradores corruptos. es la mayor verdad que he leido desde que sigo los post. casi nunca participo solo me limito a entrar y leer. pero solo hay que prestar algo de atencion a las respuestas que se dan en este foro para darse cuenta del gran corporativismo que existe en este foro salvo muy pocos foreros que dan respuestas coherentes las demas respuestas huelen a chamusquina. fijese bien y ponga mucha atencion se dara cuenta de que ultimamente faltan foreros que tenian quejas de sus administradores. preguntese por que ya no entran.
05/03/2014 12:51
eso es precisamente, el zorro cuidando gallinas y si encima tiene al presidente y algunos propietarios que a cambio de no pagar la comunidad le dan la representacion para elegirse él mismo año tras año los demás no podemos hacer nada, quizas lo de tirar la piedra y esconder la mano sera la unica solucion, pero tendra que ser una piedra muy grande, ¿donde está ese foro que dice usted que te dice como defenderse?, porque este para eso no sirve
05/03/2014 10:23
¿Quién hace las leyes?
El Poder Legislativo es el encargado de elaborar las leyes que rigen nuestro país. Cuando se hace necesario modificar una ley o crear una nueva, son los diputados, senadores o el presidente los encargados de hacer la propuesta, que también se llama iniciativa de ley, en ella plantean los motivos para modificar o crear la ley, así como los artículos que la componen.

La iniciativa de ley es analizada, discutida y aprobada por todos los diputados y senadores; el presidente es el encargado de promulgarla, esto es, firmarla para que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación, que es el periódico donde se dan a conocer todas las nuevas leyes, reglamentos, normas y estatutos, que regirán la convivencia de nuestra sociedad.

Lo he copiado literalmente de un informe oficial;
para no salirme del contexto de esta web, me circunscribo a las leyes que se promulgan en "Propiedad Horizontal", pero estas personas que deciden, están bien asesoradas por instituciones, agrupaciones colegios, ect. que normalmente ayudan llevar el ascua a la sardina y no escuchan las verdaderas necesidades del pueblo; medios, tienen muchos, entre ellos podrían asomarse a éste tipo de publicaciones que tenemos; además de la inutilidad y la ineficacia jurídica en su aplicación extricta, porque son los jueces las que la interpretan, la modulan, la zarandean a su gusto y manera sin importarles un comino ese escasísimo margen que se dá a los derechos del propietario, que pasan por alto; les pondré un ejemplo, si usted se resiste a pagar porque le están robando y la comunidad omnipotente le reclama, pierda usted cuidado que le justicia le dejará en la cuneta; si cuando usted reclama judicial , le falta una coma en el escrito o lo hace con un día de retraso, pierda cuidado, que el juez, ayudado por esos funcionarios tan diligentes que tiene detrás, le archivaran su caso....
Recuerde, el presidente es omnipotente, bien asesorado por el administrador, ahora tambén secretario que se pasa por el forro todos los derechos del propietario protestón con legítimo derecho; el haber concedido por parte de la ley la posibilidad de que el administrador sea secretario, es como si "al zorro le mandan cuidar las gallinas". buenos días y disfrute, que la primavera la tenemos encima, eso no nos lo pueden quitar.....
Tenga paciencia y aguante, esto no se arregla en esta generación que vivimos; hay otros medios de protestar, como hacemos la mayoría de los españoles,´que remedio nos queda-" tirar la piedra y esconder la mano"; entre en un post aquí ya con más de dos mil visitantes que le explicará las formas de defenderse o por lo menos saber de donde le vienen los tiros......
05/03/2014 07:22
en un pais donde la ley protege a los chorizos la ley horizontal no es distinta de las otras, sigue protegiendo a los chorizos que nos roban y no se puede hacer nada contra ellos, estoy controlando las cuentas mediante extracto bancario y veo que aparte de cheques, facturas que no se sabe de que son el presidente el vocal y muchos de los que le dan las representaciones al administrador no pagaron comunidad en todo el año 2013, necesito un abogado para meterlos en la carcel
04/03/2014 09:09
....dice pasacero.
La ley nos habla de 10 para cerrar al acta, pero no dice nada de plazos para remitirla. El hecho tan simple no es ni demandable.
¿no le parece que esto es de coña¿ una ley que no define el concepto y derecho de reclamar, no es una ley.. es un perfecto fiasco; es una perfecta indefensión para el reclamante; no entregar la documentación por parte del administrador, secretario o presidente, es una guarrada administrativa; para todo ello hay que recurrir al juzgado, posiblemente con abogado y procurador y en el mejor de los casos pagar a tu abogado. Lo mismo ocurre con otra inmundicia de la ley; el señor juez puede interpretar que un documento no metido el los buzones es suficiente para justificar la entrega del mismo....?donde estamos¿ ?donde estan los derechos legítimos del ciudadano¿
03/03/2014 21:03
No te puede dejar el acta algún vecino? Me temo que si no te las quiere aportar el administrador ni ningún vecino, como bien dices, deberás acudir a instancias judiciales...
27/02/2014 17:44
En ese caso se ratifica o se reaprueba las actas ya aprobadas. Tanta aprobación, de esto al menos no puede quejarse, su comunidad tiene los dos extremos, pasamos de aprobar lo ya aprobado, a no comunicar a los ausentes tantísima aprobación.
La ley nos habla de 10 para cerrar al acta, pero no dice nada de plazos para remitirla. El hecho tan simple no es ni demandable.
Artículo diecinueve.
3. El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.
peticion de actas
27/02/2014 17:02
Es el piso de 2ª vivienda. Resulta que recibo un acta en la que el primer punto:" Aprobación del acta anterior" se aprueban nada menos que cinco actas de las cuales, de dos de ellas, yo no tengo constancia alguna. Las he solicitado a la administradora por distintos medios hasta cuatro veces pero ni me las envia ni me contesta. Que puedo hacer? Hasta para una cosa tan simple he de tener que acudir a instancias judiciales?