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Peruanos: ¿hijo español?

1 Comentarios
 
Peruanos: ¿hijo español?
27/04/2018 10:15
Hola me llamo Fiorella este año en octubre cumplo tres años en España se qje con tres años puedo pedir papeles por arraigo con un contrato para estar de manera legal, ya tengo el contrato pero ahora hay un detalle me acabo de enterar que estoy embarazada y como es un embarazo de alto riesgo. Tendré que dejar mi trabajo y contrato que me habían propuesto, mi pareja y yo somos peruanos el tiene documentación permiso de residencia la permanente, quería saber qué debo hacer mi hijo será español ?? como haría yo el trámite para obtener mis papeles cuánto tiempo tendría que esperar para este legal y como sería el registro de mi hijo(a)
01/05/2018 04:07
Fiorellacanani4
Hola:

1.- Los nacidos en España de padre y madre de nacionalidad peruana son considerados españoles de origen de acuerdo con lo dispuesto en el art. 17.1, letra c del Código Civil español.

2.- Cuando nazca el menor, primeramente se debe inscribir su nacimiento en el Registro Civil del municipio donde tenga lugar el nacimiento. Luego, para que el menor sea declarado español de origen de acuerdo con el art. 17.1, letra c, del Código Civil, deben solicitarlo ambos progenitores. Se incoa un expediente registral de declaración de nacionalidad española de origen con valor de simple presunción en el Registro Civil del municipio donde esté domiciliado el menor ( que puede ser el mismo donde tuvo lugar el nacimiento si continúan domiciliados en él).

3.- La tramitación del expediente registral de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción puede tardar, dependiendo del Registro Civil, entre seis y nueve meses aproximadamente.

4.- Cuando el menor sea declarado español de origen con valor de simple presunción, tal circunstancia será inscrita al margen de su acta de nacimiento. Luego se expedirá certificación literal de nacimiento para expedición de DNI y pasaporte.

5.- Cuando ya el menor tenga DNI, podrá la progenitora que se encuentra en situación irregular solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar.

Un cordial saludo.