Buenos días,
Se da la situación de que una servidumbre de paso, establecida en escritura pública y registrada, es interrumpida por el titular del predio sirviente mediante la colocación de unos contenedores de gran tamaño, durante varios días y con habitualidad, que usa para la realización de tareas agrícolas. Además desde su explotación hacia la del predio dominante, se vierten, consecuencia de la actividad agrícola, unos residuos que pueden dañar la cosecha. También existe en escritura la obligación de soportar las aguas pluviales.
El propietario del predio dominante puede ejercer la acción confesoria para que deje de interrumpir el paso? En el mismo procedimiento se puede acumular la acción para obligar a que no se realicen esos vertidos? Que acción sería la correspondiente? Como se determinaia la cuantía? Con fotos del los momentos de la interrupción del paso y análisis y prueba de la toma de los residuos sería suficiente? Se ha itentado hablar con el dueño del predio sirviente, pero se cierra en banda.
Gracias de antemano, Si se necesitan más datos, me lo decís,
Un saludo,
Lalo
La servidumbre está en tu propiedad y el vecino solamente tiene derecho a uso de paso. No tiene ningún derecho a colocación de contenedores. Que los coloque en su terreno. A la sazón es como si los pusiese en tu parcela en zona de no servidumbre.
Si en tu localidad hay Guardia Civil (o policia), me pasaría directamente a denunciarlo, ellos te dirán si son competentes o tienes que presentar la demanda en el juzgado.