por favor, alguien podría aclararme la diferencia que existe entre la "personalidad jurídica propia" y la "personalidad jurídica única". Gracias por adelantado
te lo contesto con un ejemplo, es más ilustrativo:
Personalidad juridica única es la que tiene la administración pública, todos los organos que la componen forman parte de esa única personalidad.
Personalidad juridica propia es la tuya, la mia, la de cualquier persona fisica o juridica.