Significa que una Administración determinada, sea Territorial, corporativa, institucional, consultiva o independiente. Todas ellas poseen personalidad jurídica única, es decir, actuan conforme a sus propias competencias y potestades, con base en sus propios criterios.
Hola miquelillo, tiene gracia el nick y no menos la respuesta a tu pregunta que da Siegfried.
Veamos, eso de la personalidad jurídica única es un titular que va muy bien para los creyentes en la pureza legal. Luego te das cuenta que la personalidad jurídica és la que cada cual tiene servida.
Los ciudadanos tienen personalidad y dni, pero para llegar a jurídicos les toca pagar.
La administración tiene personalidad también aunque no le hace falta un dni porque como aprueba las leyes y las aplica lo jurídico ya viene solo.
Por último, ya sea única o con banda de música, administración o administraciones, ya sabemos quien paga y quien manda.
Su seguro servidor.
Saludos
Hola Laposte, he realizado esa definición a propósito con palabras vulgares para que se entienda, no creo que tenga mucha gracia. No veo que tú hayas dado una definición más convincente.