Me gustaria saber si en virtud de los derechos y garantias de los ciudadanos frente la justicia, puedo acudir al juzgado por mi mismo, aun estando personado con procurador, var ver los autos y realizar consultas respecto al procedimiento y orientaciones al mismo ?
hay que presentar las escrituras orginales en el juzgado y no han sido presentadas en la division judicial de patrimonios, cuando pedirlas y como hacerlo.