La sentencia de un juicio verbal de cuantia inferior a los 900.- euros, en el que no ha intervenido procurador, ha sido recurrida en apelacion.
Ahora el juzgado me emplaza para que me persone en la audiencia provincial, y me pregunto, por el tipo de procedimiento y cuantia (inferior a 900.- euros), si en la audiencia me tengo que personar con procurador?