Eso es un escrito que te hace el procurador y te lo presenta y si no, tienes formularios que te puedes bajar. No hace falta que presentes nada más. En cuanto al turno de oficio, mejor pregunta en tu colegio, porque cada cual tiene sus normas.
Una pregunta aunque sea una tontería es la primera vez que lo hago.
Me ha recurrido el contrario en apelación un asunto civil que he ganado en primera instancia, el cliente es del turno de oficio y se ha presentado escrito de oposición al recurso de apelación.
El Juzgado me ha requerido para que me persone ante la Audiencia Provincial en el plazo de 10 días, la pregunta es en que consiste esta personación teniendo en cuenta que es un asunto del turno de oficio y ya se presento la correspondiente designación en primera instancia. Hay que hacer un escrito diciendo simplemente que nos personamos? al escrito de personación habría que añadir la designación del turno de oficio de nuevo? o bien hay que realizar poder apud acta para personarse ante la Audiencia Provincial?.
Espero prontas respuestas, gracias a los que colaboren.