Buenos días.
Tengo que personarme como acusación particular (PERJUDICADO) en un expte de reforma ante el juzgado de menores. No se necesita procurador pero sí es preceptivo abogado.
NO sé si es necesario que mi cliente me otorgue poder para actuar en su nombre o basta con un escrito de personación firmado por ambos en el que me designe como abogado.