Muchas gracias Legil, el problema es que le instan a ir a portugal a pagar la deuda, al parecer no le practicaron las retenciones por no tener los pagos de sus empleadores en un banco luso.
Buenas, mi duda es la siguiente. Estoy leyendo opiniones contradictorias y me gustaría que alguien me aclarara un poco el tema. Me dice un cliente que en eel año 2012 trabajó en Portugal y ese año al parecer debió hacer allí la declaración de la renta. El caso es que la Hacienda Portuguesa le envía una carta sin certificar en la que le insta a pagar los 300 euros que debe de ese concepto. Entiendo que la Hacienda potuguesa puede demandar a mi cliente, pero le valdrá la pena personarse en un monitorio por ejemplo para hacer efectiva dicha acción?