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Perros portal

12 Comentarios
 
perfil AL
04/09/2004 12:56
Yo quiero saber cual es la normativa en la comunidad de madrid sobre la cantidad de perros que puedes tener en un chalet,por que los vecinos me estan dando la coña de que no puedo tener 5 perros en mi casa siendo campeones de españa y de madrid y con todos los papeles en regla,vacunaciones,tatuajes,pedigrees,me estan haciendo una persecucion con los perros pidiendome la policia todos los papeles cada vez que los vecinos se ponen de acuerdo y teniendo a la policia en casa casi todas las semanas
24/08/2004 01:36
muchas gracias polly parece q los vecinos han llegado a la misma conclusión pues de momento no se han quejado mas del tema
23/08/2004 08:33
CORDOBES
Se puede prohibir la ESTANCIA de animales en las zonas comunes del edificio incluyendolo en el reglamento interno, pero la prohibición de PASO de los animales por las zonas comunes incluido por ascensor para acceder a su vivienda supone una modificación de los estatutos por lo que será necesaria la unanimidad en el acuerdo.

20/08/2004 23:03
pues yo tengo el mismo problema en la comunidad de mi suegra, ahora despues de 8 años con perro se les ha metido a unos cuantos vecinos que el perro no vaje en el ascensor y eso sabiendo que el animal fue atropellado por un coche hace dos meses y no puede bajar las escaleras, la solución tendre que contratar un abogado para evitar el acoso de dichos vecinos por no llamarles animales.
ya de paso si alguien sabe quien me puede ayudar que me lo haga saber gracias .
perfil Lox
19/08/2004 10:08
Desde luego la preguntita se las trae...
Como se le ocurre a alguien que el perro o el animal de compañía no pueda pisar el portal (zona comun), lo vas a llevar en brazos??? Hay gente y te lo puedo asegurar que molesta muchisimo mas que un perro (yo no tengo perro) y creo que hay cosas mucho mas importantes que preocuparse si el perro accede a las zonas comunes.
19/08/2004 09:29
Se pueden fijar normas de regimen interior para la convivencia y la adecuada utilización de los espacios y servicios comunes siempre y cuando estén dentro de lo que dispone la ley y los estatutos. Sin embargo, estas normas no pueden perjudicar a terceros si no estan inscritas en el Registro de la Propiedad (en los estatutos o normas del título), por lo tanto si no se dá esa premisa, para prohibir los animales en el edificio deberá de modificarse los estatutos o el título de la propiedad para lo cual se necesitaría la conformidad unanime de todos y cada uno de los copropietarios, siendo suficiente un único voto disconforme para que no sea aprobada la propuesta.
19/08/2004 08:58
¿Acaso es posible impedirle el uso de las zonas comunes a un vecino que le huelan los pies o no se limpielos zapatos al entrar en el portal?
Yo alucino con estas consultas, en serio.
Porque al abuelillo que tengo como vecino, le tufa los alerones y no veas el pestazo que deja al subir en el ascensor, y nadie le va a decir que deje usarlo...o por lo menos yo no, tengo la suficiente educación como para no hacerlo.
Así que si alguien se queja de mi perro, yo lo subo cogido en brazos, pero mi vecino sube por las escaleras hasta el 5º piso, palabra del niño jesús.

18/08/2004 17:05
El perro podra estar en el portal siempre y cuando no se mee en los zapatos del vecino.
perfil Kar
15/08/2004 09:53
La vivienda es un bien privativo pero no debemos olvidar que "convivimos" con mas personas y tiene que haber respeto por y para todos.
"fehacientemente" se molesta en cualquier momento que se vulneren los derechos de cualquier vecino, ruidos, tendido de ropa, tocar el piano,...son molestias innecesarias que solo contribuyen a acabar con problemas como los que leemos en este foro.

Respeto a todos/as no a pisar los derechos que cada uno tenemos. Unos tienen derecho a tener su mascota, con todas las consecuencias y obligaciones, y otros tienen el derecho a no tener que aguantarla pues a mucha gente no le gustan los animales, (yo tengo gato, eh?) y se lo que es la RESPONSABILIDAD con el animal, que es uno mas en la familia, y el DERECHO de mis vecinos. Un saludo.
perfil beh
15/08/2004 01:15
Hola, me permito responder por mi reciente estudio del asunto.
Una comunidad no puede prohibirle a nadie tener mascotas, o tocar el pieno, o tender la ropa en os tendales, o cocinar comidas olorosas.... en su domicilio, espacio privativo.

Una comunidad o un particular puede denunciar a otro si este último incumple normativas higiénico-sanitarias, de ruidos... o de lo que sea, tenga perro o piano, si molesta "fehacientemente".

Muchos ayuntamientos aún no tienen ni siquiera ordenaza sobre animales, y los que la tienen regulan su "tenencia". Recordemos que un animal puede ser un pez, un hamster, conejillo de indias, tortuga....
14/08/2004 23:26
Creo que se debería protestar (al departamento de sanidad del ayuntamiento) en el caso que el propietario del perro no respetase las reglas básicas de higiene del animal así como las vacunas y los diferentes requisitos que exige cada comunidad autónoma en lo referente a la tenencia de animales de compañía. También deberá respetar el descanso de los vecinos evitando que el perro moleste con sus ladridos. Respetando todas estas cosas no debería ser molestia para nadie (excepto para los que odian los animales por autonomasia) ;-(
04/06/2003 11:56
sólo si está establecido en los estatutos de tu comunidad .
Perros portal
04/06/2003 11:43
Una comunidad de propietarios puede prohibir la entrada de animales a las zonas comunes de la comunidad (portal, escaleras etc.).
Hay un nuevo propietario con perro.