Muchas gracias Tirior. Ya sabía algo del decreto del 52 pero en algunos ayuntamientos dicen que al no estar totalmente vigente no es aplicable. Por favor, segidme informandome. Gracias
Mira en este mismo Foro una consulta que hizo Serafin Diaz sobre el mismo tema.
Hay un reglamento del año 1952: Reglamento de funcionarios de la Admon Local, que está parcialmente vigente y en base a él y la Ley de funcionarios civiles del Estado, se ha venido exigiendo que entre los dos que permungan no exista una antigüedad superior a los cinco años.
Esto te lo estoy diciendo ahora de memoria, pero creo que por ahí anda el tema
Saludos
Hola: primero felicitaros por lo interesenta y enriquecedor de este foro. Mi pregunta es la siguiente: Soy policia local y quiero permutar, pero mi duda es si tengo que ser funcionario de carrera con antiguedad minima de dos años. Muchas gracias