Hola,si alguien pudiera informarme si existe la posibilidad de realizar una permuta entre personal funcionario del estado con funcionario estatutario, ya que dentro del estatuto jur. estatutario no hace mención a esta figura, lo cual interpreto que ante esta laguna remite a la ley 7, pero no se si estoy en lo correcto y si existe compatibilidad de permutas entre ellos. Gracias de antemano