No tiene por que tributar al tratarse de un error material. Acompañe los recibos y las fotocopias de las escrituras y pida una cita con los técnicos del Catastro (Aparejadores o Arquitectos)directamente en Hacienda. Esos errores son muy frecuentes. Simplemente es cambiar los nombres en la relación de fincas.
Tengo una finca que se encuentra en el catastro a nombre de una señora, y la suya al mío. Me gustaría hacer algo, tal vez una permuta, para legalizar la situación. Pero mi duda es si solamente se tributaría por la diferencia que pueda haber entre ambas fincas, o si tributaría como dos compra-ventas. Agradecería mucho una información al respecto. Muchas Gracias.-