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Permuta solar por pisos

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Permuta solar por pisos
21/03/2008 16:56
Buenas tardes a todos,

Antes de nada agradeceros vuestra atención.

Os explico mi caso, soy propietario de un solar en suelo urbano, y hace dos años firmé con una promotora, un precontrato de permuta mediante el cual se cedía el terreno para construir un edificio de viviendas y oficinas, a cambio de darnos al final varias viviendas.

Por supuesto, en el mismo contrato se especificaba claramente el número de viviendas que se iban a construir, así las viviendas que nos iban a ceder a nosotros. El problema es que con el plan general de ordenación urbana del municipio no se pueden hacer las plantas que se estipulan en el contrato con lo cual, el ayuntamiento no da el permiso para ello; de hecho los promotores ya sabían eso al firmar el contrato (al contrario que nosotros), y por ello no entregaron toda la documentación al ayuntamiento para que este pudiera dar una respuesta al permiso, a la espera de que se aprovase un nuevo plan general que en principio iba a permitir ese número de alturas (que aún no se ha aprovado, y no parece que lo haga a medio/corto plazo).

Además con la firma de este precontrato se nos entregaron varios pagarés, que supuestamente servían como garantía en caso de incumplimiento o defecto de obra, con una fecha de caducidad determinada.

Al haber pasado tanto tiempo, nosotros deseamos romper el contrato con la promotora (si luego se diera el caso firmar otro siguiendo lo que actualmente permite el plan general). El problema es que la promotora, parece que no está por la labor, parece que nos da largas en el asunto. Así que nuestras dudas son: ¿Cómo podemos romper el contrato? ¿Qué pasaría si los pagarés caducasen y aún no hubiéramos llegado a un acuerdo sobre el contrato?

Concretamente la cláusula a la que hago referencia es la siguiente:

"Se conviene expresamene como condición suspensiva que los efectos y eficacia del presente contrato, y por tanto la obligatoriedad del mismo, estará en función de que se apruebe el Proyecto Básico redactado por los arquitectos, de tal manera que en caso contrario el referido contrato se tendrá por no hecho y no surtirá efecto alguno".

Saludos y gracias!