Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Permuta funcionarios

1 Comentarios
 
29/10/2004 20:40
La permuta de funcionarios de la administración local está regulada en el Reglamento de Funcionarios de la Administración Local (Decreto de 30 de mayo de 1952) en su art. 98. Los requisitos son: ocupar plaza en propiedad, no haber cumplido 60 años, pertenener al mismo grupo y categoría y que las plazas sean de la misma clase.
La permuta no es un derecho de los funcionarios sino más bien una forma extraordinaria de provision de puestos de trabajo por lo que está sujeta a la autorización de las administraciones afectadas.
Para mayor información consulta WWW.permuta-funcionarios.com
Permuta funcionarios
26/07/2004 12:48
Soy funcionaria de administración local en el País Vasco. Agradecería si alguien pudiese decirme cual es el proceso para la permuta entre funcionarios o si conocen algun otro foro donde podrían ayudarme. Gracias.