Buenos días, os planteo una duda de como se tendría que realizar "legalmente" una permuta de 2 trozos de terreno entre 2 parcelas colindantes. Antes de proseguir con la explicación os adjunto el croquis de las parcelas:
http://oi61.tinypic.com/2qnsa3t.jpg
Parcela A: 1.200 m (valor: 30.000€)
Parcela B: 5.000 m (valor: 125.000€)
Ambas parcelas son de la misma calificación urbanística, son parcelas urbanas en núcleos de suelo rural disperso (parcela mínima: 1.000 m2; edificabilidad 0'3 m2/m2; ocupación máxima 30%).
A ambos propietarios nos interesa esa permuta, pero sobre todo a mi (propietario parcela A) porque mi finca pasaría a tener una forma totalmente rectangular, por eso, al otro propietario le he planteado yo la operación, y simplemente va a ser una permuta de metros por metros (300 m2, que a 25€/m estarían valorados en 7.500€) sin precio de por medio (ya que el valor sería el mismo, a unos 25€/m2), pero eso sí, asumiría yo todos los costes que suponga la operación.
Por eso, me gustaría conocer el procedimiento que tengo que seguir para llevar a cabo el tema, y que coste me supondría (AJD, notario, registro, si está sujeto a ITP, ...)
notario: una escritura con dos copias
registro: dos inscripciones
ITP: para cada una de ellas
en total: aproximadamente 2.000 euros, dependiendo de cuál es la comunidad autónima
El enfoque sería:
Segregar el triángulo de A.
Segregar el triángulo de B.
Permutar ambos triángulos.
Agrupar el triángulo permutado de B al resto de la parcela A.
Agrupar el triángulo permutado de A al resto de la parcela B.
Todo el proceso debe ser tramitado de forma conjunta, realizando el proyecto de segregación de ambas parcelas, con agrupación posterior de los triángulos segregados una vez se hayan permutado, y lo más probable es que haga falta un técnico (Arquitecto o Aparejador) que realice el proyecto que hay que presentar al Ayuntamiento.
El motivo de que se tenga que tramitar de forma conjunta, es para que en el Ayuntamiento correspondiente entienda el asunto con claridad, y den las licencias de segregación para ambas parcelas, condicionadas a la permuta y agrupaciones.
La escritura a firmar ante Notario, por todos los conceptos que hay que incluir, y dos copias (una para cada interesado), puede salir unos 1.500 euros.
Hay que tener en cuenta el coste del proyecto de segregación y agrupaciones.
Luego hay liquidar los impuestos, que serían:
- dos segregaciones, como acto jurídico por el valor de las parcelas segregadas (AJD dos veces por 7.500 euros).
- una permuta que lleva un doble concepto de transmisiones patrimoniales por el valor de cada parcela permutada (ITP dos veces por 7.500 euros).
- y dos agrupaciones, que se liquidan por acto jurídico, cada una por el valor total de la finca resultante de la agrupación (aquí una vale más que la otra, AJD por 30.000 euros y AJD por 125.000).
Y finalmente el coste de las inscripciones en el Registro de la Propiedad correspondiente.