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permisos retribuidos

1 Comentarios
 
Permisos retribuidos
12/12/2004 22:58
Me gustaria saber de que forma hay que comunicar a la empresa los permisos retribuidos y el estar de baja medica, para qeu luego no puedan surgir problemas como que ellos alegen que el trabajador no lo ha comunicado y por lo tanto no puedan tratarlo como ausencias injustificadas en el puesto de trabajao
13/12/2004 19:04
Hola:
En relación con la baja por I.T., al trabajador se le entregan dos copias del parte médico de baja, copias en la que no consta ni el diagnóstico ni la descripción de la limitación de la capacidad funcional, para que haga llegar en el plazo de tres días una a la empresa y la otra para que la conserve para sí.

En cuanto a los permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y comunicación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a retribución por lo motivos establecidos en la ley y en los convenios colectivos y por el tiempo determinado. Para ello, el trabajador con la antelación razonable y suficiente debe poner en conocimiento del empresario el motivo des u ausencia del puesto de trabajo. Igualmente, debe justificar, previa o posteriormente, el motivo alegado.

La comunicación puede ser verbal o por escrito. La ley no distingue sobre el tema. Por lo tanto, la comunicación debe ser de la forma más idónea bien verbalmente, o por escrito en caso de dudas sobre la intencionalidad de tratar los permisos como faltas injustificadas por la empresa.

Saludos.