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Permisos retribuidos

4 Comentarios
 
Permisos retribuidos
01/09/2006 14:06
Hola

Mi convenio y supongo que todos los demás contempla los días de permiso retribuidos según las circunstancias: matrimonio, nacimiento, defunción de familiares, traslado de domicilio pero también incluye un supuesto de confusa interpretación: “Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal”

Creo que el “quid” de la cuestión está en el adjetivo “inexcusable”. Un trabajador puede no asistir al funeral del familiar de un amigo porque puede “excusarse” con que estás trabajando y que tus condolencias las puedes dar en otro momento antes o después del funeral. Pero ¿qué sucede con las gestiones bancarias, notariales o médicas por reiteradas que sean o citas con los profesores de tus hijos? Está claro que un banco o notario o médico no te abrirá su oficina o consulta un fin de semana o te esperarán hasta las 8 de la tarde.

¿Es correcto que una empresa obligue a recuperar esos permisos? O ¿a partir de qué punto y momento –debido a la reiteración- la empresa sí que tendría todo ese derecho?

Gracias
perfil Lan
01/09/2006 14:38
Para empezar, asegurate de que pone "de caracter publico O personal" o "de caracter publico Y personal". Es un parrafo que ha sido copiado del Estatuto de los Trabajadores

De ser "Y", ese tipo de gestiones no estan comprendidas en dicho articulo. Su interpretacion no es otra que el derecho del actor a ausentarse del trabajo debido a un deber inexcusable de CARACTER PUBLICO. Es decir, renovar el carnet, acudir en calidad de testigo a un juicio,...

Un saludo
01/09/2006 17:37
Pero incluso lo de renovar el carnet (de indentidad, se entiende)...
se puede pedir que se acredite la imposibilidad de haberlo fuera de horario laboral (por ej. incluso trabajando de lunes a viernes, mañana y tarde, hay comisarias que hacen estos trámites los sábados, pero no en todas las localidades, claro).

Lo de acudir como testigo a un juicio está más claro.
Otro ejemplo típico es el ser miembro de una mesa electoral.

Gestiones bancarias, notariales, médicas, reuniones del colegio de los hijos, etc, está claro que, salvo mejora por convenio, no generan derecho a permiso retribuido.

Un saludo
01/09/2006 21:57
Hola Lan y Nando

He releído el Convenio y cita “....de carácter público O personal”.

Ya sé que en el lenguaje judicial, muy enrevesado para nosotros los profanos, el uso de una conjunción u otra puede alterar todo el sentido de una frase.

Por lo que explicais deduzco que “público Y personal” implica que para que esos permisos sean retribuibles deben darse ambas condiciones y los únicos ejemplos válidos que me vienen a la mente son los mismos que vosotros habeis citado: el deber de formar parte de una mesa electoral, el deber de aceptar una comparecencia judicial o policial, el deber de renovarse el DNI o pasaporte (siempre que el horario de las Comisarías coincida con el del trabajo) y pocos supuestos más. En otras palabras todo aquello que sea público –o relacionado con temas legales- y que inexcusablemente requieran la presencia física del trabajador. Ni una citación de Hacienda sería considerada permiso retribuible toda vez que, aunque sacar cuentas con Hacienda es un deber, la presencia física puede ser delegada en un tercero.
¿Es correcta esta interpretación mía?

Ahora bien, si se cita “...el cumplimiento de un DEBER de carácter público O personal” ¿hay que entender que para que esos permisos sean retribuibles basta que se dé una de las dos condiciones, o público o personal?

Si es así ¿Qué se entiende por cumplimiento inexcusable de un “DEBER personal”? Cada indivíduo se debe a sí mismo, a su salud, a su familia e incluso a sus credos. Deberes personales para con uno mismo y los suyos hay tantos como indivíduos.

Habiendo aclarado que en mi convenio se cita “el cumplimiento inexcusable de un deber de carácter público O personal” ¿es correcto recuperar esos permisos por asistencia a consultas médicas –entre otros muchos supuestos-? ¿Cuidar de la propia salud no es acaso un deber personal?

Gracias de nuevo
perfil Lan
02/09/2006 00:56
Tu interpretacion es correcta, pero como me parece muy raro que el convenio mejore tanto lo que recoge el Estatuto, pedirira que se pronunciase a la comision paritiaria de dicho convenio, para que aclarase la duda.

Un saludo.