El artículo 37.3.b del E.T. señala que como consecuencia de hospitalización de padres, abuelos, hijos nietos, conyuge, yernos, nueros se tiene derecho a dos dias de permiso, cuatro dias si existe desplazamiento. Es posible que el convenio colectivo mejore este derecho.
Hola a todos, soy trabajador por cuenta ajena con contrato indefinido y acogidos al convenio de despachos y oficinas de madrid.
El martes operan a mi madre en otra provincia y me gustaria saber si tengo derecho a algún día por intervención de un familiar sin tener que gastarme unos dias de vacaciones.
En el contrato no dice nada y en el convenio no he encontrado nada sobre intervenciones quirúrgicas,solo sobre enfermedades graves. La operacion de mi madre es de un pie,no es grave, pero debe estar un dia hospitalizada. ¿alguien puede contestarme o indicarme donde me puedo informar? Muchas gracias