Buenos días. Estoy inmerso en un procedimiento judicial en caldiad de demandante y a finales de mes me tengo que desplazar a 800 km para prestar declaración, junto a los demandados, ante el juez instructor.
He solicitado a mi empresa 2 días de permiso (retribuido) para poder asistir, acogiéndome al artículo del Convenio conforme está reconocido por el tiempo indispensable por deber inexcusable de carácter público o personal.
La empresa me ha negado el carácter de permiso retribuido bajo el argumento que yo soy demandante. Que si fuera acusado o testigo sí tendría ese derecho, pero siendo el demandante que no me corresponde.
Pues como no nos dice en qué trabaja y cuál es el convenio de aplicación debemos basarnos en el ET.
En caso de asistencia a Juicio como demandado, testigo o perito éste permiso es retribuido, en el caso de ser el demandante solo sería retribuido si tiene cédula de citación, esto es porque si usted acude por un interés personal éste permiso se lo tienen que conceder pero no sería retribuido ya que al ir asistido por abogado o procurador y no va a testificar, (prestar testimonio como testigo), puede delegar en estos representantes por lo que si asiste a juicio es por un interés personal por lo que si tendría licencia pero ésta no seria retribuido.
Los convenios, como mínimo deben recoger lo que marca el ET pero en muchas ocasiones lo mejoran así que faltaría saber lo que dice al respecto el mismo.
smo
Indicarte que no es preciso el desplazamiento, toda vez que puede comparecer por video conferencia e incluso en algunos procedimientos desde su domicilio, por lo que no corresponde el desplazamiento de 800 km