¡Hola a todos!
mi pregunta es la siguiente:
un trabajador que está recibiendo rehabilitación de la Mutua de Accidentes de Trabajo, ¿las horas a las que va a rehabilitación son permiso retribuído ó la empresa sino las recupera se las puede descontar?.
El caso concreto pertenece al Convenio de Industrias extractivas -vidrio, aquí sí que indica unas 16 hr/ al año para asistir al médico. En principio la empresa se las ha tenido en cuenta pero claro, ahora ya sobrepasa dichas 16 horas, por tanto, existe alguna norma laboral ó sentencia que a partir de ahora tenga derecho el trabajador a no recuperar las horas que emplee en la rehabilitación de la Mutua.Yo no he encontrado nada al respecto, pero me gustaría que me dijerais vuestra opinión.
Un saludo y ¡Gracias!,
mjtl
Si ha agotado el número máximo de horas correspondientes a ese tipo de permisos retribuidos, me temo que deberá de recuperarlas si lo hace en horario de trabajo. Ahora bien, sería importante que indicaras por qué tiene que realizar rehabilitación ( algún accidente de empresa que le deja secuelas y que por tanto no me cuadra con dicha situación etc).