Desconozco el art. 38 del C.Colectivo de grandes almacenes. Pero te diré que el art. 23 del E.T. se refiere a un permiso no retribuido como se recoge en la Sentencia del Tribunal Central de Trabajo de fecha 13/12/1.984.
Además, se concede para la obtención de un título académico o profesional cuando se cursan los estudios con regularidad. No para oposiciones para ocupar un puesto de trabajo en la Administración.
No obstante, como el mismo art. 23 en su apartado 2, establece que los convenios colectivos se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos deberas ajustarte a lo acordado en él. Consulta con tus representantes. La razón la encontraras en el convenio colectivo.
Suerte y saludos.
Permiso retribuido asistencia examen para oposiciones
Soy empleada de una gran superficie, hasta ahora cuando he tenido que asistir a una prueba para opositar, este se me ha concedido sin problemas.
Actualmente se me ha informado que no tengo derecho al permiso retribuido y que tendria que recuperar las horas de ausencia por asistencia a dichas pruebas.
Mi contrato de trabajo es de 40 horas semanales de lunes a sabado.
¿lleva la empresa razon o en cambio se me esta negando el derecho recogido en el art. 23 del et y articulo 38 del cc grandes almacenes