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permiso por matrimonio

11 Comentarios
 
Permiso por matrimonio
27/03/2011 23:11
voy a estar contratada como teleoperadora durantes 3 meses para la campaña de la renta. Da la casualidad que me caso 15 días exactos antes de la finalización del contrato, que es el 30 de junio y no hay prórroga ni ninguna relación contractual que vaya a continuar.
¿ tengo derecho a permiso por matrimonio ?
en el caso que no, ¿ podría acumular los 7,5 días hábiles de vacaciones ( 2,5 por mes ) y hacer mi viaje de novios igualmente que ya tengo prefijado ?
Si la empresa no me da nada y yo renuncio el día 15 de junio ¿ tengo derecho a paro ?
Muchas gracias
28/03/2011 00:02
Por supuesto que tiene derecho a ese permiso de 15 dias por matrimonio, que tendrá que justificar documentalmente.
para que la empresa se haga sus previsiones (si se lo dice ahora seguro que no la contratan...) anuncieselo a finales de mayo.
29/03/2011 10:45
¿ Y qué puedo hacer si se negasen a darmelo o en su caso si se negasen a pagarme esos días ? La verdad es que no se como plantearlo porque yo de todas maneras voy a renuncia el día antes de la boda. Ellos lo pueden interpretar como abandono, pero yo iré con mis papeles del juzgado donde se indica la fecha de la boda.
Gracias por responder
29/03/2011 23:30
NO se pueden negar, y salvo que te despidan, no tienes por qué renunciar a tu trabajao el dia de antes.
Si sospechas de eso el dia que se lo pidas les mandas un burofax a la empresa en la que les dices que el 15 de junio contraes matrimonios por lo que solicitas segun el art 37.3.a del ET 15 dias naturales en caso de matrimonio.

Justo el dia de antes de la boda trabajas, el de la boda y los 14 naturales siguientes ya no lo haces.

(mi consejo es que no pidas vacaciones porque al ser un contrato temporal de duracion determinada la cosa se complica)

Cuidado con el periodo de prueba, porque si lo pides dentro del periodo de prueba la empresa "se puede mosquear " y como represalia despedirte.

Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

Quince días naturales en caso de matrimonio.

30/03/2011 22:37
Ok, veremos entonces que pasa en junio cuando lo comunique a la empresa, ya os lo contaré a ver como ha resultado.
29/05/2011 20:07
La empresa no me da los 15 días de permiso, dice que no tengo derecho. Estamos hablando de un contrato de obra y servicio de duración incierta, pero vamos, no más del 30 de junio.
Además, tampoco me permite cambiar el turno de trabajo del día de antes ( salgo a las 22 de la noche ), me caso en una ciudad disitinta de la que trabajo y es por la mañana, por lo que tendré qie faltar igualmente...
Supongo que en unos días me llegará la rescisión del contrato, ¿ pueden echarme a mí sola ? En base a que ha bajado el volumen de trabajo, deberían echar por antiguedad y en este caso, hay personas que entraron despues.
¿ que puedo hacer ? necesito despues cobrar el paro , no puedo irme, pero es que tengo viaje prefijado tambien.
29/05/2011 23:13
No es que no te los quiera dar y que no tienes derecho, es que NO te los quiere pagar y por eso dices que no tienes derecho... A COBRARLO!!
Vaya cara.

Ya te pegué lo que dice el art. 37.3 del ET respecto a los 15 dias de licencia por matrimonio.

Cómo proceder?
Lo primero es comunicar fehacientemente a tu empresa qeu te vas a casar y que por tanto le recuerdas tu derecho a lso 15 dias que dice el ET salvo que el convenio diga algo más.

Es probale, como no te quieren reconocer ese derecho, que te despidan o incluso si estás en el periodo de prueba que den por concluida la relacion laboral. Si fuera esto ultimo no podrias hacer nada, pero si te despiden tras comunicarle tu futuro matrimonio, sin haber acabado la causa que motiva el contrato tienes todas las papeletas de conseguir la improcedencia del despido con lo que ello supone (salarios de tramitacion, mas cotizaciones, etc)
En todos lso casos, excepto si te vas voluntariamente (no lo debes hacer) y si cumples el resto de requisitos, tienes derecho a prestacion por desempleo porque la relacion laboral se ha acabado sin tu voluntad.

Como para reclamr el despido tienes 20 dias desde que se produzca, asesorate bien proque te puede pillar el plazo en pleno viaje.

Pide tus dias, aguanta, casate, sé feliz y denuncia el despido.
09/09/2012 17:54
Buenas, tengo un contrato por horas, hasta fin de obras (de tres en tres meses, con renovaciones). Llevo trabajando así desde hace más de un año. Hago labores de barrendero en un cuartel a través de una subcontrata. Mi problema es que me caso dentro de mes y medio, y tanto militares, como los de mi empresa me comentan que al parecer no tengo derecho al permiso de 15 días por matrimonio, y que debo agotar los que me pertenecen por vacaciones normales. ¿Es eso cierto?
10/09/2012 08:32
No, no es cierto.

Y me dirás que que qué me baso para decir que no es cierto. Simplemente echa un vistazo al artículo 37, apartado 3, del Estatuto de los Trabajadores. Ahí se dice que existe ese permiso, y no discrimina porque se tenga un contrato temporal. Que te digan ellos porque no tienes derecho.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.html

Otra cosa es que jueguen con el miedo de la gente a perder su trabajo, pero eso ya es cuestión solo tuya.

Un saludo.
15/07/2014 11:45
Buenos dias

Me voy a casar en una semana, yo soy de Perú y mi novia también, nos casaremos fuera de España, en mi trabajo me piden justificante (libro de familia o
Certificado de matrimonio español) el cual no puedo tener xq no puedo registrar mi Matrimonio en España, les dije q les presento un certificado apostillado y dicen q no vale. Que puedo hacer?
Gracias d antemano
15/07/2014 20:01
La Legislación laboral exige q demuestres q te has casado.... Si no puedes hacerlo no puedes beneficiarte de los días q dan para boda.
18/05/2022 11:17
Buenos días,

Tengo una duda, me voy a casar un sábado y el viernes dejo mi empresa (contrato indefinido). Mi intención es cogerme los 15 días e indicar que mi último día es una vez termine la luna de miel.(cogiendo vacaciones los 5 días previos al enlace)
Desde mi empresa me dicen que eso no se puede hacer porque no voy a volver.
¿quién tiene razón?

Gracias por adelantado