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Permiso por matrimonio

3 Comentarios
 
Permiso por matrimonio
16/01/2023 02:31
¡Buenas a todos!

En el caso de que me case civilmente para más adelante realizar un boda religiosa (a bombo y platillo), ¿qué ocurre con el permiso retribuido de la empresa de 15 días por las nupcias? ¿Solo es posible un permiso? Si es ese el caso, ¿puedo reservar el permiso o elegir el matrimonio con el que quiero gastarlo?

¡Gracias!
16/01/2023 15:37
El disfrute del permiso debe disfrutarse durante el hecho causante, (es decir, la boda por lo civil), si luego, más adelanten proceden a casarse mediante acto religioso o a realizar un banquete, posterior a la fecha del verdadero matrimonio, (el civil) pues perderá el dcho al disfrute de esa licencia
16/01/2023 15:53
Jamgrrhh28
Muchas gracias por contestar.

En ese caso (primero el matrimonio civil por cuestiones de urgencia, posponiendo el religioso a más adelante), ¿puede elegirse en qué periodo gastar la licencia? Quizá comentándolo con la empresa.

Muchas gracias.
16/01/2023 19:55
La empresa puede aceptarlo, pero no está obligado puesto que lo legal es disfrutarlo cuando el matrimonio se inscribe en el registro civil.
Lo demás son evento lúdico-festivos o en algunas ocasiones religiosos de verdad, pero el matrimonio legal es el civil.