Hola a todos. Como han pasado dos años desde el último post, y como estoy preocupada, necesitaba conocer si han habido cambios respecto al tema tratado aquí. Es decir, me caso el 31 de Agosto, Viernes. cuántos días de permiso por boda me corresponden?? he solicitado ya las vacaciones en mi empresa y me he pedido la tercera semana de vacaciones de septiembre, y me dice que no me la puedo coger porque previsiblemente me van a poner en un proyecto en ese mes... pero aún no he dicho que me caso, entre otras cosas porque tengo miedo de la reacción. Con cuánto tiempo debería avisar? pueden usar eso en mi contra? gracias
Pues yo ya he tenido algún caso.
De hecho, los he tenido desde siempre, lo que ocurre es que hasta hace poco les podia decir que, salvo situaciones especiales (cesárea...) no le correspondia.
Y ahora no tengo más remedio que dárselo (bueno, habrá casos y casos, pero imagino que no lo utilizaran para estar ahi los dos dias anteros junto a su cuñada, je,je).
No, en principio es suficiente la previsión del ET (art. 37) en el que sólo habla de "parientes de hasta 2º grado, sin diferenciar entre consanguíneos y afines, con lo que no excluye a éstos.
Pues si Afimco, pues sí, últimamente están que se salen.
Y si no mira otra de sus últimas perlas (y que invalida lo que durante años yo mismo propague por este mismo foro, en base a su doctrina de entonces), el que ahora, por parto natural, por la mera hospitalizacion (porque como sea en casa, nada) hasta el cuñao puede pedirse dos dias enteritos (o 4 si hay desplazamiento) por el parto de su cuñada).
En fin...
Pues en principio si, pero con la actual doctrina del TS en la práctica lo puedes convertir en más tiempo.
Por ej. si te casas un sábado y tu jornada es de lunes a viernes, ahora el TS dice que el cómputo podria empezar el lunes (es decir, te reincorporarias el martes de la 3º semana después de la boda)
Insisto que es un cambio de criterio reciente.
La verdad es que mi puesto no creo que se cubra en mi ausencia pero quiero asegurarme de que no me van a denegar los 17 dias de permiso por no avisar con suficiente antelacion, ya que el viaje lo tengo pagado desde hace tiempo.
Por regla general no hay un tiempo establecido de preaviso. El sentido común marca que se haga con cierta antelación para permitir que se cubra tu puesto en tu ausencia.
Por escrito queda mucho mejor, aunque tu sabes cual es la situación en tu trabajo, según como sea quizás hacerlo por escrito sea excesivamente formal, o lo contrario, hacerlo de manera verbal sea poco efectivo por el número de trabajadores u otras circunstancias.