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permiso por maternidad

9 Comentarios
 
perfil edi
04/03/2009 13:19
gracias a todos.
03/03/2009 17:22
Buenas

Sí se puede hacer ...siempre que las 16 semanas sean continuadas y se reserven 6 para después del parto

Aquí puedes ver lo que necesitas.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Maternidad/RegimenGeneral/GestionSolicitudes/index.htm#28321

En realidad es la misma documentación que si el descanso se iniciase tras el parto (con excepción del informe de maternidad en el cual el médico señalará la fecha prevista de parto en lugar de la fecha de parto).

Un saludo.
perfil edi
02/03/2009 21:30
si, ya tengo claro que al finalizr el contrato se apuntaria al paro en el inem y cuado fuese el parto el inns le concederia la prestacion por maternidad y se interrumpiria el cobro del paro que seria renaudado al finalizar la prestacion de maternidad.
La cuestion es : si el permiso maternal son 16 semanas y 10 se pueden coger antes de la fecha previstadel parto, EL COMIENZO DE ESTE PERMISO SERIA 15 DIAS ANTES DE FINALIZAR EL CONTRATO. ¿ se puede hacer esto? ¿como se justifica? ¿ se avisa al inns ? ¿ como se justifica y avisa a la empresa ?.
saludos
edi
perfil edi
02/03/2009 21:22
un año de paro.
espero tu respuesta.gracias saludos.
edi
02/03/2009 17:32
Debes saber que mientras la madre esté en el paro (con prestación) pasaría a cobrar la prestación de maternidad en caso de parto SUSPENDIÉNDOSE EL COBRO DEL PARO.

EL COBRO DEL PARO SE REANUDARÍA (SIN PERDER NI UN SÓLO DIA DE PARO) tras finalizar el descanso maternal de 16 semanas.

http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/situaciones/maternidad/index.html

Un saludo.
02/03/2009 17:17
¿Cuanto tiempo de paro tendría a partir del 31 de julio?
perfil edi
02/03/2009 15:21
gracias por vuestra informacion, si pudiera ser me gustaria aclaraseis un tema en concreto:
El contrato es de obra, no se si se llama asi exactamente pero el caso es que termina el 31 de julio.
El parto esta previsto para primeros de octubre, en esta fecha naturalmente ya no estara en la empresa.
Tenia entendido que el permiso maternal eran 16 semanas de las cuales seis eran forzosamente despues del parto pero que las otras diez semanas se podian coger antes del parto.
Esas diez semanas comenzarian a mitad de julio fecha en la que aun pertenece a la empresa, con el fin de que al finalizar julio continuase cobrando el permiso maternal y al finalizar este, cobrara el paro.
Como dicen que el permiso maternal se solicita al inns y se comunica a la empresa a partir de la fecha del nacimiento, se viene abajo todos los proyectos.
Por favor, me podeis aclarar si esto tiene alguna solucion y los tramites. Mil gracias. saludos.
02/03/2009 09:19
El informe de maternidad (que es lo que, junto con el certificado de empresa te pedirán en el INSS al solicital la prestación) lo ha de expedir el médico de cabecera de la Seguridad Social. Si lo has tenido en un centro privado, con el informe que hagan en éste en principio el médico de cabecera de la S.S. lo extenderá sin más problemas..

Suele tramitarse poco después del día del parto (como mas pronto ese mismo día)

Has de acudir a la empresa a que te expidan el certificado de empresa.

Por tanto, 3 trámites:

al médico de cabecera de la S.S. para obtener el certificado de amternidad

a la empresa, para obtener el certificado de empresa (cotizaciones...)

al INSS para presentar toda la documentación, solicitud de prestacion propiamente dicha incluida (te pedirán también el DNI, el libro de familia, en nº de cuenta por el que quieres cobrar la prestación, la retención del IRPF que quieres te practiquen, etc,

Saludos
02/03/2009 08:33
Yo te hablo por experiencia pues acabo de ser padre.EN EL HOSPITAL,le dan a su señora un certificado de maternidad(anexo 3)cuando da a luz,lo hizo el mismo administrativo que va con el ginecologo pasando las visitas por la mañanas en las habitaciones para ver su estado,cuando ya ha dado a luz.Ese certificado hazle varias fotocopias pues va hacerte falta para varias cosas.Una vez en casa,el permiso ya lo ha empezado el mismo dia que da a luz,vas al inss y arreglas su prestacion por maternidad,no antes pues no tendrias el anexo 3.A los dos meses y pico con suerte empezaras a cobrar.Se supone que el mismo dia de dar a luz puedes llamar a la empresa Y COMUNICARSELO verbalmente y cuando regreseis a casa le llevas copia del anexo 3.No olvides que la empres no es la que te paga sinio la seguridad social.Tu señora causa un parentesis en la empresa por maternidad,el gobierno es el que te paga.Espero haberte ayudado,saludos.
Permiso por maternidad
perfil edi
02/03/2009 01:03
agradeceria si alguien me puede informar sobre las siguientes cuestiones del permiso de maternidad:
a) el informe medico de maternidad ¿ quien lo puede dar? ¿ el ginecologo particular que lleva el embarazo o el de la seguridad social?.
b) cuanto tiempo antes de empezar el permiso de maternidad hay que solicitarlo al inns e informar a la empresa ?
gracias anticipadas. saludos.
edi