Coincido con lo que dice bau-jaus.
El estatuto de los trabajadores, en su artículo 23 dice que 'el trabajador TENDRÁ DERECHO al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes ... cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.'
Parece que éste es tu caso, pues dices que estás cursando Medicina.
Ahora bien, el hecho de que tengas derecho a concurrir a los exámenes no quiere decir que este permiso sea retribuido. Dicho permiso no tiene nada que ver con el artículo 37.3.d), en el cual se contempla un permiso por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal (cargos en las Administraciones Públicas, miembros del órgano legislativo autonómico, asistencia a juicios, renovación de documentos oficiales, participación en elecciones, desempeño de la función de jurado, ...). Y éste no es tu caso.
Preguntas cuántos días de permiso tienes. La respuesta es simple, ' el tiempo necesario para concurrir a los exámenes'. La duda surge cuando analizamos el término 'concurrir'. Yo interpreto que se debe considerar el tiempo de duración del examen y el tiempo necesario para acudir al examen y regresar del mismo.
Comentas que tienes los exámenes muy seguidos
(por ejemplo 3 exámenes, uno en lunes, otro en miércoles y el otro en jueves),y suponiendo que en el desplazamiento hasta el lugar del examen se te vaya el día, quízá piensas que no compensa ir y venir en el día. Si este es tu caso, ¿por qué no hablas con el responsable de recursos humanos, le cuentas tu situación y le planteas posibles soluciones: un permiso sin sueldo, que te descuenten días de vacaciones, recuperar las horas de trabajo correspondientes a los días de examen, ...
Y ahondando en el ejemplo arriba mencionado, y suponiendo que en el convenio colectivo se contemple un permiso para acudir a los exámenes y que los mismos coincidan en gran parte con tu jornada laboral, ¿no pretenderás que la empresa te dé fiesta desde el lunes hasta el jueves?
En fin, que el tema no es tan sencillo. Cuando dices otra ciudad, tampoco sabemos lo lejos que está de tu lugar de residencia, ...
Espero que te haya ayudado.
Y suerte en los exámenes.
bau-jaus seguro que no es retribuido???? cuando los convenios hablan de tener derecho a deberes de carácter público o privado inexcusables y presonales no se refiere a eso?????
Permiso tienes aunque no es retribuido. Lo que sí pueden hacer es adaptarte el turno o horario a esos exámenes, aunque si dices que es en otra localidad, me temo que no va a poder ser.
Permiso sí, todo el tiempo que quieras yq ue puedas justificar, pero no retribuido.
En principio tienes derecho a disfrutar de un permiso retribuído, pero el tema de los días, etc. deberías mirarlo en el convenio colectivo al que esté acogido tu empresa.
Entérate de qué convenio estamos hablando y si no te queda claro nos lo dices que intentaré mirarlo.
Estoy trabajando y tengo que hacer exámenes de medicina en otra ciudad. ¿Cuátos días tengo de permiso por cada examen?. Si van muy seguidos, ¿puedo permanecer en la ciudad hasta acabarlos?
Gracias