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Inicio permiso por matrimonio
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01 - Abril - 2011 Si un trabajador se casa un día que no es laborable para él, los 15 días de permiso retribuido que le corresponden empiezan a contar desde el primer día laborable, y no desde el día de la ceremonia.
Un sindicato presentó demanda de conflicto colectivo para, entre otras cuestiones, denunciar una cláusula del convenio que estipulaba que dentro de los 15 días naturales por matrimonio el día de la boda tenía que estar obligatoriamente incluido en esos 15 días. Mientras que el sindicato entendía que era una cláusula nula, la compañía consideraba que respetaba lo establecido en el art. 37.3.a del ET, que establece sin más un permiso de 15 días naturales por matrimonio.
La Audiencia Nacional, que fue la primera en dictar sentencia sobre el asunto al tratarse de un procedimiento de conflicto colectivo de ámbito superior al de una comunidad autónoma, estimó en parte la demanda del sindicato, lo que significó que a la redacción original que se daba en el convenio al permiso por matrimonio ("El día de la boda tiene que estar en estos 15 días"), la Audiencia añadió una coletilla: "... salvo que la celebración de la ceremonia se realice en día no laborable para el trabajador, en cuyo caso exclusivamente el plazo comenzará a contar desde el primer día laborable del trabajador".
Al recurrir la empresa ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional, argumentó que debía existir una inmediación entre el hecho que da derecho al permiso (es decir, la boda) y el inicio del cómputo para su disfrute. Es decir, que si la boda se celebraba el sábado y el permiso empezaba el lunes siguiente, ya no había esa inmediación. Sin embargo, el Supremo no acepta este argumento, pues entiende que "no se rompe la inmediación" si el inicio del cómputo empieza el primer día laborable siguiente a la ceremonia si el trabajador se casa durante sus días libres. Es más, si no se hiciera esta interpretación, se estarían vulnerando otros derechos del trabajador.
Pueden descargarse la sentencia para su consulta personal en el siguiente enlace, introduciendo su fecha (12.05.09) y el nº recurso: 4/2008.
Vaya, entonces los asesores de "carta de personal" no han sabido interpretarla. Que cosas...
Los días de permiso por matrimonio empiezan a contar desde el primer día hábil
Publicado 2 de Noviembre de 2009
Si le preguntan cuántos días de permiso le corresponden a un trabajador por matrimonio casi automáticamente dirá que 15 que, al fin y al cabo, son los que reconoce el Estatuto de los Trabajadores. Ahora resulta que no siempre son 15 días, sino que pueden llegar a ser 17 cuando la celebración de la boda se realice en día no laborable (o sea, en la mayoría de los casos). Es decir, que si su trabajador se casa en sábado, hasta el lunes no empiezan a contar los días de permiso.
Si un trabajador se casa un día que no es laborable para él, entonces los 15 días de permiso retribuido que le corresponden empiezan a contar desde el primer día laborable, y no desde el día de la ceremonia (sent. del TS de 12.05.09).
La Audiencia Nacional, que fue la primera en dictar sentencia sobre el asunto al tratarse de un procedimiento de conflicto colectivo de ámbito superior al de una comunidad autónoma, estimó en parte la demanda del sindicato, lo que significó que a la redacción original que se daba en el convenio al permiso por matrimonio (”El día de la boda tiene que estar en estos 15 días”), la Audiencia añadió una coletilla: ”… salvo que la celebración de la ceremonia se realice en día no laborable para el trabajador, en cuyo caso exclusivamente el plazo comenzará a contar desde el primer día laborable del trabajador”.
Al recurrir la empresa ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional, argumentó que debía existir una inmediación entre el hecho que da derecho al permiso (es decir, la boda) y el inicio del cómputo para su disfrute. Es decir, que si la boda se celebraba el sábado y el permiso empezaba el lunes siguiente, ya no había esa inmediación.
Sin embargo, el Supremo no acepta este argumento, pues entiende que “no se rompe la inmediación” si el inicio del cómputo empieza el primer día laborable siguiente a la ceremonia si el trabajador se casa durante sus días libres. Es más, si no se hiciera esta interpretación, se estarían vulnerando otros derechos del trabajador.
Así que ya sabe: la próxima vez que un trabajador se case un sábado, los 15 días empiezan a contar desde el lunes.
Hay una sentencia del TS de lo más curiosa en ese sentido. Dice que si la ceremonia se celebra en sábado y es un día no laboral para el trabajador, el permiso empieza a contar desde el primer día laborable para el trabajador.
Id Cendoj: 28079140012009100572
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 4/2008
Nº de Resolución:
Procedimiento: Casación
Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL
Tipo de Resolución: Sentencia
Finalmente, en relación al permiso por matrimonio, en que la parte recurrente considera debe
anularse la norma en lo referente al día de la boda como incluido dentro de los 15 días de permiso por
matrimonio, el recurso no merece acogida, atendiendo a la norma legal y convencional reguladora del permiso a cuya literalidad ha de estarse como señala la sentencia recurrida, "salvo en el supuesto de que la ceremonia se celebre durante el disfrute de días libres del trabajador", en cuyo caso el tiempo del permiso comenzará a contar desde el primer día laborable del trabajador; sin que ello vulnere la normativa denunciada.
Buenos días.
En 3 meses me caso. Será un sabado. Quisiera saber que día comienza a contar el permiso de 15 días por boda: el mismo sábado de la boda o el lunes de después de la boda?
Gracias.
Un saludo.