Hola. Yo entiendo que como la hija no tiene 1 año de edad, los 3 meses para solicitar la baja por paternidad deben contarse desde la fecha del reconocimiento de la hija, pues antes de dicha fecha si la hubieses solicitado te la habrían denegado por no reunir el requisito de ser legalmente el padre.
Otra cuestión distintas es que podrías no tener derecho a las 6 primeras semanas obligarorias posteriores al parto. Eso es más discutible.
Saludos
Gracias por su repuesta, pues este viernes dia 3 me lo han denegado, la resolución dice esto:
"El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha denegado su solicitud de prestación de nacimiento y cuidado de menor:
Por haberse extinguido el derecho al pago de la prestación económica,
al transcurrir más de tres meses entre la fecha de solicitud y el hecho causante, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 53.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la
Seguridad Social."
Ahora hare la reclamación previa a la via jurisdiccional, algun consejo con esto?
Saludos
Hola. Para mí es claro que tienes derecho al permiso de paternidad previsto en el artículo 48, 4 º del Estatuto de los Trabajadores, pues si la reconoces como hija tuya , a todos los efectos legales, se la considerará hija tuya.
Una vez inscrita en el Registro Civil, deberás comunicarlo a la empresa e indicarle cuándo quieres disfrutar de las 16 semanas de paternidad que deben acabar de disfrutarse antes de que la hija tenga 1 año de edad.
Saludos.
Buenas noches, mi caso es que voy a reconocer a mi hija de 6 meses, la cual me acabo de enterar que existía. Voy a hacerlo ante notario y con un convenio regulador.
Mi duda ahora es sobre el permiso de paternidad, pues al tener 6 meses el bebé no se si tengo derecho a solicitarlo. Esto sería equiparable a una adopción supongo, quiero decir que el bebé tiene 6 meses pero la filiación se hace ahora porque no sabía que existía.
No se si me explico, agradecería cualquier ayuda, gracias y saludos.