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permiso obras

1 Comentarios
 
Permiso obras
04/07/2008 11:51
en mi ayuntamiento se niegan a renovar mi permiso de obras del cual he solicitado prorroga. El motivo es que no estoy dispuesto a derribar unos voladizos de 60 cm. que el plan de ordenacion local se establecía de esta medida en el momento que yo edifiqué; el problema surge a partir de que existe una modificacion y actualmente la medida queda establecida en 40 cm. ¿pueden obligarme a derribar lo ya construido, si construí segun lo establecido en la norma vigente en aquel momento? ¿se puede aplicar esta modificación de forma retroactiva? y, ¿pueden condicionar la prórroga de la licencia al hecho de que yo derribe o no? un saludo. gracias anticipadas por las respuestas.
perfil pac
04/07/2008 16:22
Hola veroeiken,

Planteas varias cuestiones, veamos.

El ayuntamiento no te puede denegar la prórroga de una licencia de obras, siempre que lo solicites dentro del plazo establecido en la propia licencia. Si dicho plazo te lo has dejado caducar, no se trata de una prórroga, debes solicitar una nueva licencia que se te tendrá que conceder conforme al nuevo planeamiento y como es obvio deberás presentar nuevo proyecto adaptado a las nuevas circunstancias urbanísticas, por ejemplo, vuelos de 40 cms..

Es decir, cuando se incumple el plazo dado en la licencia para terminar la edificación y la prorrogación de la misma no se solicita en plazo, la licencia para esa construcción a caducado y consecuentemente tú has incumplido el deber de construir dentro de ese plazo.

Sin embargo si esa prórroga la solicitas en plazo, el ayuntamiento no te la puede denegar y creo, no estoy seguro, que no tienes la obligación de modificar los vuelos de 60 cms. construídos, cuando así esté reflejado en el proyecto aprobado y para el que se ha concedido la licencia, adaptándolos a la nueva normativa.

Las consecuencias de uno y otro supuesto son radicalmente diferentes.

En el primero, como has incumplido un deber, ( edificar en plazo ) y no has utilizado tu derecho a la prórroga, el ayuntamiento te podrá obligar a presentar nuevo proyecto conforme al nuevo planeamiento y lo no ajustado a él te lo hará derribar sin derecho a indemnización.

En el segundo, como ese plazo de edificar no ha concluído, puesto que todavía te queda el período de la prórroga y la licencia está en vigor, si el ayuntamiento te hace derribar ese vuelo y te obliga a dejarlo en 40 cms., puedes exigirle que te indemnice los daños y perjuicios causados por no tener la obligación de seportarlos. Por ejemplo, el coste de los nuevos proyectos necesarios, de la nueva dirección de obra sobrevenida, de la mano de obra del derribo y la nueva construcción de lo edificado, de la disminución del aprovechamiento, de los perjuicios causados como consecuencia del retraso en la finalización de las obras, etc. etc.

Salvo superior criterio, un saludo.