tengo un inmueble que consta de local comercial vivienda, que data del año 1965, dicho inmueble tiene en planta baja escaparate y puerta de entrada que es tanto para el local como para la vivienda, ya que la escalera de acceso a la vivienda está dentro del local, por ser un edificio antiguo. y la planta alta tiene una vivienda con dos ventanas que dan a la fachada, y dicha vivienda actualmente está inutilizada
tras pedir el permiso de obras para mejorar los materiales de la fachada y modificación de la situación y dimensiones de los huecos para dotar de mayor iluminación a las distintas estancias, considerando el ayuntamiento que son actuaciones menores que no requieren proyecto técnico, al considerarse de escasa entidad constructiva, ya que no produce variación esencial de la composición general exterior, volumétrica y es considerada OBRA MENOR POR EL AYUNTAMIENTO.
Pero me dan desfavorable la concesión de licencia de obra menor. Por:
No cumplir con el CTE DB-SI1 al no presentar dos sectores de incendios diferenciados, uno para el local comercial y otro para la vivienda, ya que para acceder a la planta alta hay que cruzar a través del local en planta baja.
Asimismo pedí la licencia de utilización del local comercial, que me fue concedida hace unos meses, por el mismo ayuntamiento y así también para poder hacer la acometida de agua.
y según me comentan, es que le están aplicando el CTE cuando no es de aplicación, ya que la vivienda data del año 1965,
quisiera que me pudiesen ayudar, para poder presentar alegaciones ya que el ayuntamiento me ha enviado una carta de trámite de audiencia previo a la propuesta de resolución. y tampoco puedo hablar con el arquitecto del ayuntamiento ya que están de teletrabajo, y solo puedo presentar el escrito para poder hacer alegaciones y tengo de plazo una semana.
Muchas gracias de antemano. Un saludo a tod@s.
La declaración responsable por obras de escasa entidad constructiva es una cosa y otra absolutamente diferente, la comunicación de inicio de actividad en el local, en la cual deberá justificarse el cumplimiento de las condiciones técnicas de higiene-sanitarias, seguridad y accesibilidad, determinadas en memoria suscrita por técnico competente.
Por supuesto, la sectorización de espacios es necesaria para asegurar la seguridad de las personas que habiten la vivienda y las de los clientes que accedan al local comercial.
Gracias por su respuesta, pero ese inmueble siempre ha estado así desde el año 1965, y lo que pretendo es arreglar la fachada, que puedo hacer o alegar al ayuntamiento.
Gracias
Solicitas licencia de utilización del local comercial, luego para obtenerla las instalaciones deben cumplir con lo exigido por lo normativa de aplicación.
La Licencia de utilizacion, la tengo desde octubre de 2019. La solicite y fue un técnico, subsane unas luces de emergencia y me dieron dicha licencia.
Gracias
Se accede a la vivienda a través del local, por lo que sectorizar espacios de usos distintos, como lo son el comercial y el habitacional, es de obligado cumplimiento desde el momento en que se modifica el edificio o las instalaciones por obras
No pasa nada, se ejecutan las obras que exija la normativa vigente y a disfrutar del negocio y la vivienda.