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permiso matrimonio

2 Comentarios
 
Permiso matrimonio
07/11/2003 19:02
Hola! Bueno ya he dejado más de un mensaje sobre este tema. Me caso en agosto, durante las vacaciones (mi empresa cierra ese mes) y según lo que me habíais comentado perdería esos 15 días de permiso que me corresponden por matrimonio al coincidir con las vacaciones. Sin embargo acaba de salir el convenio para el 2004 y 2005 y aunque no menciona el permiso de matrimonio, dice que para el permiso de maternidad, se acumularía a las vacaciones..es igual para el de matrimonio???
Éstas son las palabras exactas (Convenio Oficinas y Despachos):
"Cuando durante el período de disfrute de las vacaciones el trabajador o la trabajadora se encuentre o inicie una situación de baja por incapacidad temporal cuya duración exceda de veinte días, siempre que por parte del trabajador o trabajadora se acredite debidamente esta situación con la preceptiva baja por I.T. no se computarán como días disfrutados de vacación los que transcurran a partir del decimosexto de la baja, en función de lo que establezca la legislación de la Seguridad Social sobre prestaciones en esta materia. En los casos de prestación por maternidad, las vacaciones se disfrutarán, antes o después de dicha prestación, a elección de la trabajadora".
qué entendéis vosotros????

Y una última pregunta: ¿con cuanto tiempo de antelación debo decile a mis jefes que me caso?

Gracias
Laura.
07/11/2003 20:23
Hola Laura,
La modificación que comentas del convenio no afecta en nada a las opiniones que te dimos en su día.
El permiso por matrimonio se debe a una circunstancia para la que tu eliges la fecha, lo que no ocurre en los casos de baja por enfermedad o maternidad, es por esto que algunos convenios establecen la posibilidad de interrumpir el permiso vacacional o posponer el disfrute para cuando el trabajador se incorpore.
En cuanto a la comunicación, una vez sepas la fecha debes comunicarlo (por cortesía) a la empresa, entre otras cosas tendrás más tiempo para tratar de negociar al menos una parte del permiso por matrimonio, ya que es la única posibilidad de que no pierdas ese derecho.
Saludos
10/11/2003 08:58
Totalmente de acuerdo con lo comentado por nuestra admirada Mª Fuensanta.

Simplemente añadir que aún intentando aplicar ese tratamiento previsto para las bajas por maternidad o enfermedad por analogía al permiso de matrimonio (cosa, por otro lado, que tampoco vería nada ranozable, entre otros, por los motivos expresados por la propia Mª Fuensanta) de hecho, además de exigirse que la duración mínima de la situación de baja sea de 20 días, no contarán como vacaciones a partir del dia 16, y como sabes, el permiso por boda son 15 días. O sea que ni por esas.

Insisto en lo que te hemos recomendado todos, tratar de negociar lo antes posible este tema con la empresa, ya que ni el Estatuto de los Trabajadores ni el convenio te garantizan que puedas disfrutar del permiso de boda y que no te cuente como vacaciones.

Un saludo.

Nando.