Buenos días,
Si mi contrato es de lunes a viernes.... y me caso un sábado... cuando empiezan a contarme los días por matrimonio??? a partir del lunes o del mismo sábado???
Salvo que el convenio establezca otra cosa, el permiso es por días naturales desde el hecho causante. Es decir, desde el día en que se produce el matrimonio. En su caso, el sábado.
Todo dependerá de lo que diga el convenio de aplicación, éste. permiso salvo convenio son 15 dias naturales y comienzan a contar desde el primer día laborable tras el hecho causante, falta saber si el consulta te los sábados son laborales para él o no, si fuesen laborales comenzaría a contar desde ese día y si descansa los sábados pues comenzaría. de lunes.
Por cierto, cada vez mas convenios recogen un día de licencia por matrimonio para el día de celebración ademas de los 15 días naturales.
Como no sabemos si su trabajo es de L a V y tanto el Sábado como el Domingo corresponden a su descanso semanal, ni el convenio de aplicación como referencia le puede servir lo que he comentado.
Mi contrato es d lunes a viernes. Los fines de semana siempre tengo fiesta. En mi convenio no especifica nada solo pone que son 16 días en caso de matrimonio (convenio de talleres de discapacitados de Catalunya, soy monitora).
Mi directora dice q me los da a partir del mismo sábado pero yo le digo q no es laboral mio... le puedo entregar algún tipo d documento donde ponga q es a partir del primer día laborable??
Lo que dices no es cierto jamgpreve. Los permisos, salvo supuestos especiales, se computan desde el hecho causante y se computan por días naturales (salvo que se diga lo contrario). Por lo tanto, el permiso comienza a contarse desde el día de la boda.
Si el permiso fuese por días laborales, entonces la respuesta tuya sería correcta. Pero siendo por dias naturales no.
Creo recordar que en alguna consulta antigua sobre este tema, alguien mencionó que había jurisprudencia en el sentido de que el permiso empezara a contar desde el primer día laborable después del hecho causante.
Pero lo habían tenido que pelear en el juzgado.
Explicación.
Siempre y cuando el trabajador sea de jornada de L a V como ya había aclarado en post anterior.
Son días naturales, por tanto debería comenzar el Sábado pero aquí ocurre lo mismo que con las vacaciones generalmente son 30 días naturales pero no pueden comenzar en día de descanso, el sábado es el primer día de descanso del trabajador por lo tanto se traslada al primer día laborable que seria el Lunes.
SMO
Con la Ley en la mano, tal y como está redactada ahora mismo, empezaría a contar con el hecho causante, pero también es cierto que hay sentencias que dicen que la licencia empieza a contar el primer día laboral del trabajador afectado.
Por tanto, tienen razón las dos partes.
Hola: Hago el siguiente aporte a modo aclaratorio, está extraído de la base de datos de aranzadi, se supone que está actualizado 100% (SI NO ES ASÍ ME DOY DE BAJA).
La duración del permiso es de quince días naturales. El adjetivo «naturales» deja claro que en dicho período quedan incluidos los descansos semanales y festivos, sin que exista derecho a que sean compensados en un momento posterior. Los convenios pueden, tanto ampliar la duración del permiso, algo que no es demasiado frecuente, como establecer que en su cómputo se cuenten exclusivamente los días hábiles o laborales. Como días laborales han de entenderse a estos efectos, en caso de silencio de la norma convencional, los días de lunes a sábado que no sean festivos ( STS 12-7-1993 [RJ 1993, 5671] ). La duración establecida en el ET es un mínimo de derecho necesario y no puede ser reducida por pacto individual o colectivo (STCT 29-4-1983 [RTCT 1983, 3698]).
El momento de disfrute del permiso por matrimonio comienza habitualmente el mismo día de la ceremonia y se extiende a todos los días siguientes. Algunos convenios colectivos permiten disfrutar el permiso inmediatamente antes de la misma [convenio colectivo de tejas, ladrillos y piezas especiales de arcilla cocida ( art. 75 )]. Aunque la norma no dice nada, parece estar en su espíritu que el permiso se disfrute de forma ininterrumpida. Así lo precisan, de hecho, muchos convenios colectivos como, por ejemplo, el de banca privada ( art. 27 ). Nada parece impedir, no obstante, que se pacte un disfrute fraccionado, sobre todo en los momentos previos a la boda con el fin de realizar los trámites y preparativos que el acontecimiento exige. Esta última posibilidad es, sin embargo, prácticamente inédita en la negociación colectiva. No es extraño, por otro lado, que se permita la acumulación del permiso con el período vacacional [convenios colectivos de mataderos de aves y conejos ( art. 19 ), de fabricación de alimentos compuestos para animales ( art. 14 )].
Un saludo
Gracias por el aporte "Ajta", si bien, posiblemente exista algún precedente que fundamenté lo expuesto por "jamgpreve".
Eso sí, PRECEDENTE que no JURISPRUDENCIA, y en ambos casos para un supuesto muy concreto, que no permite una exposición tan general como la que se da aquí.
¿Se fían ustedes de paginas que publican abogados y publicaciones especializadas?
Uno de tantos que encuentro en la red
http://www.cuestioneslaborales.es/permisos-retribuidos/#matrimonio
http://www.abc.es/economia/20130424/abci-casas-estos-derechos-trabajo-201304241303.html
Aquí responde Dña Yolanda Valdeolivas de la Universidad Autónoma de Madrid, experta en derecho laboral.
Y seguro que si entro en LABORO, otro tanto de lo mismo, por cierto todos estos artículos hablan de que en ausencia del que el convenio lo mejore esta sera la norma básica.
Y mas...Como verán todos hacen referencia a la sentencia del tribunal supremo 12/05/2009
https://sites.google.com/site/cgttecnocom/preguntas#TOC-PERMISOS
¿Cuando empiezan a contar los días de permiso por matrimonio?.
Los 15 días de permiso por matrimonio empiezan a contar desde el día de la boda, pero si te casas un sábado, los 15 días empiezan a contar desde el primer día hábil (el lunes). (Sent. del TS de 12.05.09)
http://www.laboralgratis.es/informacion-laboral/118-derechos-de-los-trabajadores/699-dudas-sobre-el-permiso-de-matrimonio
DUDAS SOBRE EL PERMISO DE MATRIMONIO
Estas son todas las posibles situaciones que puede encontrarse su empresa con relación al permiso
por matrimonio.
1. ¿15 ó 17 días de permiso retribuido?
Si un trabajador se casa en uno de sus días libres (por ejemplo un sábado), entonces el permiso
empezará a contar el primer día laborable para el trabajador, es decir, el lunes. Esto significa que
en la mayoría de los casos el trabajador tendrá derecho a 17 días de permiso por matrimonio, según
ha sentenciado el Tribunal Supremo (sent. del Tribunal Supremo de 12.05.09). En concreto, esta
sentencia del TS determina que “los 15 días de permiso retribuido empezarán a contar desde el primer
día laborable del trabajador”. En el resto de casos, ”el cómputo se inicia el mismo día de la boda”.