trabajo en una empresa de limpieza,estoy apuntada a un curso para el graduado en secundaria de la generalitad, en mi convenio pone que tengo perniso para examenes finales,que puedo hacer,porque tengo que hacer 3 avaluaciones!es urgente, me dice el profeosr que me pueden hacer justificante de examen final de materia porque va por modulos, me sirve?
Hola Asunción. En relación a tu consulta, el Estatuto de los Trabajadores reconoce expresamente en su artículo 23 que el trabajador tiene derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
Sin embargo este precepto plantea numerosos problemas de interpretación, el más importante el de si esos permisos son o no retribuidos, debiendo concluirse en sentido negativo, es decir, tienes derecho a permisos para acudir a los exámenes, pero esas horas de ausencia en el trabajo no te las tiene que pagar el empresario salvo que tu convenio colectivo establezca lo contrario.
Asimismo tienes que preavisar al empresario de tus ausencias para asistir a los exámenes.
Finalmente, en cuanto a tu pregunta de cómo justificar que asistes a los exámenes, ha de estarse a lo que pacten las partes. Por ello te aconsejo que hables con tu empresario y le expliques tu situación.
Para más dudas puedes contactar con Susana Beltrán en sbeltran@ejaso.com
El art. 23.a del Estatuto de los Trabajadores, reconoce el disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes....., cuando se curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. En el apartado 2 del mismo artículo establece que "En los convenios colectivos se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos."
Este permiso no tiene la consideración de licencia retribuida, salvo que así se establezca en el convenio colectivo. Dicho esto, entiendo que el permiso si te corresponde otra cosa será que te lo abonen como licencia.
En este caso, la evalución se puede considerar final del trimestre y ante la negativa de la empresa la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio debería aclarar si corresponde la retribución del permiso.
Entonces tienes derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a los exámenes, previa comunicación y posterior justificación al empresario.